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Le negaron al ex juez Reynoso que cumpla la condena en su casa

A través de un fallo dictado el 15 de noviembre pasado por el Tribunal Oral Federal 1, el mismo que condenó al ex juez federal Raúl Reynoso a la pena de 13 años de cárcel, se resolvió rechazar un pedido del ex magistrado, quien pretendía cumplir el resto de la pena impuesta, unos 10 años, en su casa particular.

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En la cárcel de General Güemes, el ex juez Raúl Reynoso puede recibir todas las atenciones necesarias tendientes a resguardar su estado de salud.
En la cárcel de General Güemes, el ex juez Raúl Reynoso puede recibir todas las atenciones necesarias tendientes a resguardar su estado de salud.

Con los votos de los jueces Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas, el tribunal se inclinó por seguir el dictamen del fiscal federal, Carlos Amad, quien rechazó de plano el beneficio solicitado por el ex juez federal, pues consideró que en su actual lugar de detención, la cárcel federal de General Güemes, puede recibir todas las atenciones necesarias tendientes a resguardar su estado de salud.

Como se sabe, Reynoso cumple una condena de 13 años de prisión por delitos de narcotráfico, sentencia impuesta el 25 de marzo pasado por los jueces Jiménez Montilla, Casas y Federico Díaz. Este último, esta vez no acompañó a sus colegas en el fallo contra el ex juez, pues en su voto consideró que al ex magistrado le correspondía el beneficio solicitada, aunque con ciertas medidas.

Entre ellos, Díaz propuso la aplicación de la prisión domiciliaria por el término de un año, como así también un reporte trimestral de su estado de salud. Este juez, en sus extensos argumentos, coincidió con el planteo de Reynoso respecto a las deficiencias que padece el sistema carcelario en cuanto a cumplir con el tratamiento médico que necesita.

“Razones de trato digno”

Al solicitar, por segunda vez este beneficio, Reynoso, quien padece un cuadro de Diabetes, grado II e Hipertensión Arterial, alegó “razones de trato igualitario, humanitario y digno”. También se quejó por la decisión del tribunal de beneficiar a la abogada, María Esper, también condenada junto al ex juez, pero a 10 años de prisión.

Esta letrada fue beneficiada con “el arresto domiciliario mediante modalidad de imposición de pulsera electrónica”, lo que también fue propuesta por el ex magistrado, aunque no tuvo la misma respuesta que su cómplice. Reynoso centró su pedido en “los informes médicos y psicológicos emitidos por personal del Servicio Penitenciario Federal”, en especial de dos profesionales. Una de ellas fue la doctora, Raquel Musa y la psicóloga particular, María Cecilia Parra Vega, cuyos informes resaltó dado que “conocen las afecciones que padece”.

Aseguró que “en su estado actual de encierro no recibe la medicación correspondiente, ni recibe el tratamiento médico para sus dolencias”. Agregó que su encierro “lo afecta no sólo en su salud física, mental y espiritual, sino también afecta la situación de salud de su cónyuge”.

El fiscal Amad por la negativa

Al momento de opinar respecto al pedido del ex juez, el fiscal Amad dictaminó de manera negativa a la concesión del beneficio. Y para explicar su posición primero citó el último dictamen del médico, José Luis Divito, perito del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto a la salud de Reynoso.

“Desde el punto de vista físico, en su actual estado de salud, puede permanecer alojado en una unidad carcelaria, siempre que se cumplan con los controles y tratamiento médicos en forma estricta. En la medida en que se cumpla con las indicaciones prescriptas, su permanencia en el Complejo Penitenciario Federal III NOA (cárcel de General Güemes)  le permitirá un tratamiento adecuado de sus dolencias”.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal el informe es contundente, por lo que señaló que “en tales condiciones y siendo dirimente el informe médico señalado, Reynoso debe continuar detenido”. A partir de ello, y tras alegar otros elementos de análisis, Amad requirió que la solicitud del ex juez sea rechazada de plano.

Tras analizar, los informes y las posturas de la defensa y la fiscalía, los jueces Casas y Jiménez Montillas se inclinaron por denegarle al ex magistrado el beneficio planteado. “Atento a la contundencia de los informes médicos por parte del perito del Cuerpo Médico Forense y siguiendo los parámetros sentados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia, entendemos que no estamos ante una situación excepcional que autorice a evaluar la procedencia de un cumplimiento cautelar en la modalidad de prisión domiciliaria”, explicaron.

Lo que se tuvo en cuenta para el rechazo

Los jueces agregaron que tuvieron en cuenta “los informes de una psicóloga que asiste a Reynoso, de dos médicos del área de salud de la cárcel federal de Güemes y de un perito médico del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, este último afirmaron  que el ex juez puede cumplir la detención en la cárcel de Güemes”.

“No se advierten razones que lleven a considerar que estamos ante una circunstancia que determine el apartamiento del criterio médico expresamente consignado por el perito oficial, el cual, en ambos informes, dictamina con meridiana claridad que el imputado Reynoso puede cumplir con su privación preventiva de la libertad de forma intramuros en la medida en que se cumplan las prescripciones médicas de forma estricta para el tratamiento médico de sus patologías”, sostuvieron.

Los jueces ordenaron al director general del Servicio Penitenciario Federal que “tome debidamente razón de las diversas y reiteradas falencias aludidas por su propio personal penitenciario”.

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