El requerimiento lo hizo ante el Juzgado de Garantías 8, a cargo de la jueza Claudia Puertas, quien rechazó en julio pasado un pedido de prisión domiciliaria presentado por los abogados Roberto Reyes y Luciana Andolfi, quienes tenían previsto volver a insistir con esa medida para su cliente.
Pablo Marcelo Rangeón fue imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.G., abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.F.R., abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de P.J.P., abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B., abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G. y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.A., todo en concurso real.
Para el fiscal, el accionar delictivo del acusado se corrobora con las denuncias de las seis víctimas, que fueron ratificadas en la Fiscalía, declaraciones testimoniales e informes psicológicos de las víctimas, que dan cuenta de los indicadores de experiencias traumáticas compatibles con una vivencia disruptiva en la sexualidad de las mismas.
A su vez, sostuvo que la conducta del imputado fue corroborada por el informe psicológico, que dio cuenta que su mundo pulsional interno, -es decir, aquello instintivo que lo empuja a desenvolverse-, es capaz de salirse de control, desviarse, en especial cuando lo afectivo y emocional está en juego. Y destacó que persisten aspectos inmaduros e infantiles y parcializados, que no ha podido integrar convenientemente en su psicosexualidad, a la vez que se aprecia una representación psíquica indefinida de sí mismo.
La detención del productor, registrada el 6 de marzo pasado, surgió a partir de la denuncia de S. G., a la que siguieron otras más. En todas, las acusaciones contra Rangeón fueron por hechos de abusos sexuales cometidos cuando las víctimas eran modelos, o bien, trabajaban en la agencia del acusado.
Sin dudas, la de mayor peso fue la radicada por Gerez, quien no sólo relató hechos de abuso sexual sino también episodios de violencia de género, algunos de los cuales derivó en la pérdida de un embarazo debido a los golpes que Rangeón le había propinado.
En un fallo del Tribunal de Impugnación, por este caso, el juez Luciano Martini sostuvo que Rangeón “no sólo aprovechó su calidad de promotor y dueño de la empresa en la que aprendían las víctimas, sino que, además, abusó de otras situaciones de vulnerabilidad atinentes, tanto al deseo de progresar, como a la situación económica que ellas atravesaban”.