Elecciones Salta 2023

DELITOS ELECTORALES

Denunciaron compra de votos en la zona oeste de la ciudad

Desde la Policía de la Provincia confirmaron a Nuevo Diario que hubo una denuncia al Sistema de Emergencias. En estos momentos, los recursos policiales se dirigen a la zona a verificar la situación.

NDS |

Los delitos electorales son determinados por el Código Electoral Nacional. Foto: Nuevo Diario
Los delitos electorales son determinados por el Código Electoral Nacional. Foto: Nuevo Diario

El inspector Miguel Velardez confirmó a Nuevo Diario que hasta el momento recibieron una única alerta por un sujeto intentando comprar votos en la zona oeste de la ciudad.

En estos momentos, efectivos policiales se encuentran en la zona verificando la situación. Velardez explicó que el procedimiento ante denuncias de este tipo es verificar la veracidad de la denuncia, identificar al sujeto que se encuentra cometiendo al ilícito y luego se noticia a la Justicia.

En caso de considerarse que es una conducta de delito electoral, el Tribunal Electoral definirá si la persona es demorada o asistirá a la dependencia a justificar la situación.

A su vez, remarcó a la ciudadanía que ante cualquier situación de este tipo o similar, se informe inmediatamente al Sistema de Emergencia 911.

Vale remarcar que, de acuerdo al Código Electoral Nacional, configuran delitos electorales con penas de 1 a 3 meses de prisión aquellas personas que: impiden ejercer un cargo electoral o el derecho al voto con violencia o intimidación; fuercen a un elector a votar de manera determinada; priven de la libertad a un elector; suplanten a un elector o voten más de una vez; sustraigan, destruyan o sustituyan urnas antes de los escrutinios; sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten boletas; falsifiquen documentación electoral o adulteren el resultado del escrutinio.

Otros delitos que se suman es inducir al voto o a la abstención de ejercer el derecho por medio del engaño (penas de 2 meses a 2 años); utilizar medios tendientes a violar el secreto del voto (penas de 3 meses a 3 años); relevar el voto al momento de emitirlo (penas de 1 a 18 meses); falsificar padrones electoral o adulterar documentos y lo utilicen, como así también retener DNI de tercero (pena de 6 meses a 4 años) y obstaculizar, demorar o impedir la entrega de cualquier documentación electoral (pena de 6 meses a 2 años).

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