TIGRES, UNIVERSITARIO Y TIRO FEDERAL

Jueza niega el pedido de clubes para intervenir la Unión Salteña de Rugby

La medida había sido solicitada por tres clubes, quienes buscaron por la vía judicial resolver la interna que mantienen los integrantes de esta asociación deportiva, la que, ahora con este fallo, amenaza con extenderse mucho más.

Comisión directiva de la Unión de Rugby de Salta.
Comisión directiva de la Unión de Rugby de Salta.

En su fallo, la jueza de Primera Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación, Victoria Ambrosini, no hizo lugar a la medida cautelar de intervención judicial del Consejo Directivo de la Unión de Rugby de Salta que solicitaron los presidentes de Tigres Rugby Club, Universitario Rugby Club y Club Tiro Federal de Salta.

La jueza, cabe señalar, también interviene en otras causas promovidas contra la URS. En una de ellas se dictó medida cautelar de suspensión de la convocatoria a Asamblea General Ordinaria. Al analizar el requerimiento de intervención judicial, en tanto, recordó que la medida debe ser “el último resorte a disposición del socio para evitar un daño inminente”.

“Es el recurso que la Ley asigna al socio que, habiendo agotado los medios previstos, no ha logrado detener la ejecución del acto, ni rectificar la conducta de los administradores”. Resaltó que la URS, como los clubes que la integran, no son sociedades comerciales sino asociaciones civiles y, como tales, reguladas por los artículos 168 a 186 del Código Civil y Comercial de la Nación.

“Nos encontramos frente a una asociación civil sin fines de lucro - la Unión de Rugby de  Salta - que nuclea a otros entes que revisten igual calidad de asociación civil sin fines de lucro. Los distintos Clubes de la Provincia que se dedican a la práctica del rugby”. Por ello, dijo, no cabe la aplicación de la normativa contenida en la ley general de sociedades sobre intervención judicial.

“Si bien no puede desconocerse la existencia de un conflicto interno en el seno de la Unión - el que se evidencia atento la promoción de distintas acciones judiciales por parte de un grupo de Clubes y en contra de aquella, que han sido traídas a conocimiento de este Juzgado, a lo que debe sumarse que las partes han concurrido a audiencia conciliatoria y han sido oídas - la figura de la intervención judicial no puede aplicarse al caso que nos ocupa”, señaló la jueza.

 

 

 

 

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