A partir de la fecha se dispuso que los contribuyentes de rentas de la Provincia puedan abonar los tributos con tarjetas de crédito.
La Dirección General de Rentas ofrece esta opción con tarjeta de crédito Visa. Los pagos se podrán realizar hasta 6 cuotas sin interés.
El organismo provincial emitió la Resolución General 15/2009, por el que habilita que se podrán abonar los tributos provinciales con tarjeta de crédito Visa de cualquier banco. La medida responde al proceso de informatización de servicios que lleva adelante el organismo; y en respuesta a lo solicitado por los contribuyentes para agilizar los procesos de pago sin necesidad de pasar por las oficinas de la dirección.
Dependiendo de la entidad bancaria que emita la tarjeta de crédito, se podrá abonar en una cuota sin interés con VISA de cualquier banco; y en tres o seis cuotas sin interés con Visa-Macro. Los impuestos que se podrán pagar mediante esta modalidad son los siguientes:
Actividades económicas, declaración jurada mensual. Actividades económicas, régimen de Convenio Multilateral, agente de retención declaración jurada mensual. Actividades económicas, agente de retención declaración jurada mensual.
Actividades económicas, agente de percepción de Convenio Multilateral, agente de percepción declaración jurada mensual. Actividades económicas, agente de percepción declaración jurada mensual. Ademas se agregan los tributos de Cooperadoras asistenciales, declaración jurada mensual.
Cooperadoras asistenciales, agente de retención declaración jurada mensual. Inmobiliario Rural y Sellos. Para hacer uso de esta opción de pago, los contribuyentes deberán ingresar a la web de la Dirección General de Rentas www.dgrsalta.gov.ar y cargar su usuario/clave para luego constituir el domicilio fiscal electrónico, de forma obligatoria.
Completado ese registro, se deberá hacer clic en la opción Menú / Pago Electrónico y allí optar por el medio de pago con tarjeta.