El abogado dijo a Nuevo Diario que en principio la cautelar es a fin de que se suspenda la resolución de la suspensión hasta tanto se solucione la medida de fondo, declarando la inconstitucionalidad de la medida tomada por el Conjedo Deliberante de Hipólito Yrigoyen.
El principal argumento del letrado al solicitar la medida de inconstitucionalidad tiene que ver con el “peligro” que esto implica para la democracia en la provincia.
En este punto se refirió al precedente de Domingo Bussi, a quien se le negó asumir en el cargo, cuando la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia dijeron que: “el Congreso no tiene poder para negar la incorporación a un candidato electo, basándose en valoraciones como la ‘falta de idoneidad o la inhabilidad moral’ y que es ‘el pueblo’ el que evalúa la ‘idoneidad’ en el acto eleccionario.
Si no es impugnado en esa instancia no se le pueden atribuir hechos anteriores a la elección”, al momento de agregar que si debía ser juzgado, tenía derecho a un proceso en sede judicial.
Este precedente que implica un extremo en la historia argentina fue uno de los argumentos tomados para solicitar que se deje sin efecto la suspensión de Rojas a quien se le aplicó la sanción por haber tratado de “mentiroso” a uno de sus pares, Ramón del Valle, tanto en el recinto como fuera de el, según indican otros ediles.
“Si se toman estas situaciones para suspender a una concejal, el día de mañana se puede destituir sin más a otro legislador”, dijo el abogado al sostener que en ello radica el peligro de consentir esta actitud.
Explicó que si bien la contestación para una medida cautelar tiene un plazo de contestación de tres días hábiles, se entiende que al ser el máximo tribunal salteño el que debe decidir, el tiempo puede extenderse un poco más. En ese entendimiento es que dijo, insistirá con otros recursos para conseguir la respuesta.