CASO ABUSO SEXUAL DE SU HIJO MARCOS

Desestima la Justicia una denuncia por extorsión de Mario Teruel

El fiscal penal 2, Federico Jovanovics, desestimó las denuncias por extorsión en contra de una mujer y su hija menor, iniciadas por Mario Rolando Teruel y Noemí Cristina Laspiur.

NDS |

El fiscal descartó el delito de amenazas y extorsión de Mario Teruel contra la madre y su hija menor, por el caso de abuso sexual de Marcos Teruel.
El fiscal descartó el delito de amenazas y extorsión de Mario Teruel contra la madre y su hija menor, por el caso de abuso sexual de Marcos Teruel.

Además dispuso que la denuncia se archive porque "no constituye delito y en consecuencia, que no encuadra en figura penal alguna".

Según se desprende de la causa, Teruel y Laspiur denunciaron a una mujer y su hija, menor de edad, por el supuesto delito de extorsión, chantaje y/o coacción, señalando que ambas habrían expresado a Teruel, en un local comercial en el que habrían pactado reunirse en enero pasado, que tenían una serie de grabaciones en las que su hijo menor Lautaro Teruel, reconocía un delito (sin señalarle cuál) y que si no le compraban un terreno y un vehículo, las harían públicas y, además, harían una denuncia.

Repitió que todo eso, se podía solucionar si antes llegaban a un arreglo económico, y que ni se le ocurra comentar esto con alguien porque inmediatamente lo sacarían en todos lados y Lautaro no iba a poder ni siquiera salir a la calle.

En su denuncia, Teruel y Laspiur dejaron constancia que decidieron no denunciar en enero pasado, “hasta tanto tengamos algún elemento como para sustentarla”.

El fiscal Jovanovics descartó el delito de amenazas y de manera consecuente los de extorsión y coacción, porque el primero requiere el anuncio de un mal concreto, futuro, cierto, serio, grave, injusto, idóneo de carácter ilegítimo que no está obligado a sufrir y que no se trate necesariamente de un ilícito penal, no resultando injusto el ejercicio legítimo de un derecho.

Pero, aclaró, que en el caso particular, “la mujer y su hija se habrían presentado con exigencias económicas por el supuesto padecimiento de un hecho delictivo de acción de instancia privada en perjuicio de la integridad sexual de la menor, el cual ya se encuentra ventilando en un debido proceso en trámite ante la justicia penal”.

Y agregó que la mujer y su hija, al incitar al denunciante el pago de los daños como víctima del delito contra la integridad sexual por el cual se encuentra requerido Lautaro Teruel en perjuicio de la menor, “deja a todas luces claro la ausencia del elemento de ilegitimidad en las distintas peticiones pecuniarias efectuadas por las denunciadas, por lo que no se actualiza el delito de amenazas”. El fiscal también descartó el delito de extorsión.

Aclaró que en el presente caso no existió intimidación idónea, tal como ya se lo explicó al analizar la legitimidad para denunciar con la que contaban las mujeres, y que de hecho ya denunciaron a Lautaro Teruel por el delito contra la integridad sexual de la menor, encontrándose el proceso penal en curso.

El fiscal también descartó el delito de coacción, toda vez que al no darse los requisitos de la amenaza  no se puede tener por actualizado ese delito.

El fiscal también entendió que “del contenido de las actuaciones, no surgió que las denunciadas hayan manifestado de modo alguno que realizarían en contra de su hijo Lautaro Teruel una denuncia falsa”, es decir, atribuirle deliberadamente un hecho que no existió.

Por el contrario, en ejercicio de los derechos que la ley les refrenda, acudieron a requerir a Teruel lo que entendieron suficiente para no activar las vías judiciales.

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