El lunes anterior fue publicado en el Boletín Oficial la promulgación de la Ley Nº 27.482, que incorporó reformas legislativas al Código Procesal Penal de la Nación (Ley Nº 27.063) cuya implementación se encontraba suspendida.
Se prevé que la nueva reforma se pondrá en marcha durante el año en curso en distintas fechas según cada jurisdicción.
En Salta esto se llevaría a cabo desde marzo próximo. Consultado el fiscal federal Ricardo Toranzos señaló que “con estas modificaciones los jueces controlarán la legalidad de las actuaciones que lleven adelante los fiscales, que son los encargados de las investigaciones”. En relación a los plazos procesales Toranzos dijo que “con estas modificaciones serán sancionados quienes no cumplan con los plazos correspondientes”.
Más adelante el funcionario destacó que las modificaciones establecen herramientas especiales para investigar delitos complejos, como lo son el agente encubierto, la figura del arrepentido y la del informante.
Finalmente Toranzos se mostró en favor de estas modificaciones, por la celeridad que significará para los procesos judiciales y los aportes para favorecer la imparcialidad en la investigación. Con estas nuevas incorporaciones ya deja de existir el acto de procesamiento.
Luego de años de discusión, el proyecto de reforma de la Ley Nº 27.063 obtuvo el consenso de ambas cámaras en los últimos días del año pasado y se sancionó la Ley Nº 27.482 del nuevo Código Procesal Penal Federal.
En el texto normativo modificado se modernizan los mecanismos de persecución penal de los delitos federales. Esto implica que los fiscales asumirán un rol predominante en las investigaciones, incorporando nuevos sistemas de administración de justicia con la gestión electrónica, la incorporación de tecnología y la toma de decisiones en audiencias orales y públicas.
El objetivo general es lograr procesos más rápidos, sencillos y transparentes, e investigaciones eficaces para el juzgamiento de los delitos.
El Código recoge, en ese sentido, reformas aprobadas por el Congreso en los últimos dos años: ley de juicios unipersonales, ley de flagrancia o la ley de derechos de la víctima de delitos, entre otras. Por otra parte y en el afán de que esos cambios sean cada vez más concretos el nuevo Código permitirá reabrir causas que hayan sido cerradas con claros signos de que se hayan cometidos cierres fraudulentos sea por los fiscales o por los jueces.
También se hace referencia a la inclusión de los juicios abreviados, cuando fiscal, el imputado y su defensa acuerdan una pena, reducida, a cambio de información, esos acuerdos ahora alcanzarán a los co-imputados en las causas. Se contemplan los delitos de flagrancia.
Finalmente es de destacar que otra de las medidas anti-impunidad, que busca cambiar la opinión de la sociedad es la de que jueces, ante condenas altas, donde los acusados salen y se van a sus casas, ahora los magistrados estarán obligados a adoptar medidas de coerción.