La normativa exige que las unidades de transporte no deban superar los 10 años de antigüedad.
Los trabajadores que están incorporados en el Registro Provincial de Transporte Automotor de Pasajeros solicitaron al organismo de control que flexibilice la ley de nacional de Tránsito Nº 24449, que establece la prohibición de utilizar unidades con más de diez años de antigüedad para el transporte automotor de pasajeros, por la crisis económica que atraviesa la región y la dificultad de sustituir las unidades por otras más nuevas.
La modalidad turismo comprende el transporte turístico de hasta 5 plaza, 16 y más plazas, el vehículo obrero que transporta a trabajadores a sus lugares de trabajo, y el especial, que lleva a pasajeros con mediana y baja complejidad médica.
La resolución de la AMT consigna que la ley prescribe la posibilidad de disponer mayores plazos de antigüedad en tanto se ajusten a limitaciones de uso, tipo y cantidad de carga, velocidad y otras que se les fije en el Reglamento y en la Revisión Técnica Obligatoria.
“El sector involucrado no ha podido realizar la habitual renovación del parque móvil utilizado para la prestación de los servicios de transporte que se brindan en nuestra provincia, por lo que deviene necesario se prorroguen los vencimientos de las unidades”, señala el organismo.
Para no resentir los servicios de transporte por automotor de pasajeros, la AMT vio oportuno y conveniente extender la continuidad de la prestación de las unidades con modelos año 2007 y 2008 que realicen servicios de transporte por automotor de pasajeros interjurisdicional, siempre y cuando aprueben la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.), cuyo certificado tendrá una vigencia de cuatro meses.
Aclaró que estos vehículos podrán continuar prestando servicios hasta el vencimiento de la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.), siempre y cuando esta última haya sido aprobada con anterioridad al día 31 de diciembre de 2019.