SEIS MESES POR FALLO DE LA JUSTICIA

Se congelará las cuotas de planes de ahorro para autos

La Justicia salteña decidió congelar el valor de las cuota de los planes de ahorro desde noviembre y por el plazo de seis meses.

NDS |

El fallo de la Justicia sobre el congelamiento de cuotas de planes de ahorra para autos sienta precedentes.
El fallo de la Justicia sobre el congelamiento de cuotas de planes de ahorra para autos sienta precedentes.

Se trata de un fallo favorable y que sienta precedentes y un primer paso, en el marco del amparo judicial que presentó el grupo de damnificados por automotrices en la provincia, y que vienen dando larga pelea al incremento desmedido en los montos a pagar para acceder a un cero kilómetro.

Rubén Quispe, referente de los más de cinco mil damnificados por planes de ahorro en Salta y el interior aseguró a Nuevo Diario que si bien se trata de una noticia positiva para el grupo, hay que modificar algunos puntos pero se trata de un fallo que “nos permite ir por más”, teniendo en cuenta que cada caso de los presentados tienen sus particularidades, y para la presentación del amparo tuvieron que analizar cada uno de ellos.

La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Séptima Nominación, Claudia María Ibañez, hizo lugar parcialmente a una medida cautelar innovativa solicitada en el trámite de una acción de amparo colectiva y ordenó a las empresas vendedores de planes de ahorro que congelen las cuotas mensuales de los contratos de adhesión por el término de seis meses a partir de noviembre de 2019.

De esta manera las empresas vendedoras de plantes de ahorro FCA S.A. (Fiat), General Motors de Argentina SRL (Chevrolet), Plan Rombo S.A. (Renault), Volkswagen S.A. (Volkswagen), Círculo de Inversores S.A. e Interplan S.A. deberán acatar el fallo. 

La medida cautelar innovadora persigue que se retrotraiga provisoriamente una determinada situación de hecho a otra situación de hecho anterior en razón de los eventuales resultados negativos que, por ello, puede acarrear. Los amparistas planteaban tres pedidos.

Respecto del pedido de retrotraer los valores de las cuotas a aquellos que se encontraban vigentes al 1 de abril de 2018, la jueza consideró que no puede ser admitido en los términos pretendidos, aunque marcó que se observa “prima facie un aumento considerable de las cuotas, cuyas razones no constan por el momento en la causa, las cuales deberán ser debatidas y resueltas en la etapa correspondiente”.

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