CON CRITICAS AL FALLO JUDICIAL

Saeta apeló la medida de suspensión al aumento del boleto urbano

Tal como lo adelantó Nuevo Diario, finalmente la empresa SAETA presentó ayer en la Justicia el recurso de amparo y un pedido de suspensión del fallo que frenó la suba del boleto programada para diciembre. A la vez, criticaron la sentencia calificandola de "arbitraria y errónea".

NDS |

La empresa SAETA en su planteo de apelación al fallo pone como argumentos la quita de subsidios y el contexto económico.
La empresa SAETA en su planteo de apelación al fallo pone como argumentos la quita de subsidios y el contexto económico.

Este dictámen judicial se concretó en el marco del amparo colectivo que realizó una asociación de consumidores junto a la Defensoría del Pueblo de Salta. En su planteo se pone como argumentos la quita de subsidios y el contexto económico.

No obstante, la apelación no prosperaría por el momento, dada la fecha próxima de la Feria Judicial, por lo que la Justicia podría expedirse al respecto, despúes del primer trimestre del 2020.

Nuevo Diario pudo acceder a la presentación judicial, que entre los argumentos que justifican este pedido, considera a la sentencia “arbitraria, y errónea la interpretación del juez al considerar que la vía ‘acción de amparo’ resulta pertinente por falta de regulación de los procesos colectivos en la provincia de Salta”.

Sostiene además que, las resoluciones indicadas como “inconstitucionales”, (A.M.T. N° 411/18 y 412/18) fueron procedimientos “de carácter netamente administrativos” y se realizó conforme facultades también otorgadas por ley.

Por otro lado advierte que al declararse la inconstitucionalidad de las citadas resoluciones: “Imponer la suspensión de la suba tarifaria correspondiente al mes de diciembre/19, vulnera aún más los imperativos del funcionamiento de la sociedad cual es el servicio público de transporte”.

Y aclara: “Se ha perdido de vista que el servicio público como tal tiende a favorecer la realización efectiva del de-sarrollo personal, económico, de igualdad, y el bienestar social. Se desconoce que el transporte público es un servicio esencial ya que los costos precisamente corren a cargo de los contribuyentes a través del Estado (gasto público).

Este servicio esencial que tiene por finalidad satisfacer una necesidad básica del conjunto de la sociedad sin malgastar los recursos públicos”.

Quita de subsidios y contexto económico

En un escrito que se extiende por 11 carillas, explica que en el marco de las previsiones de la Ley 7.322 se solicitó oportunamente a la A.M.T. una readecuación del cuadro tarifario por transferencia de mayores costos correspondientes al servicio público de transporte de pasajeros y que la misma encontró razón -entre otras- en que el Gobierno Nacional traspasaría los subsidios al Transporte Público a partir del 01 de enero de 2.019 y eliminaría los cupos de gasoil subsidiados. 

Se indica, además, que “ante la existencia de constantes incrementos en los costos de la prestación del servicio público de transporte de pasajeros, resultaba necesaria la readecuación solicitada para poder cubrir los servicios actuales bajo una ecuación sustentable en el tiempo. Todo ello a los fines de cumplimentar la manda legal y generar las condiciones idóneas para la prestación eficaz y eficiente del Servicio Público regular masivo de transporte automotor metropolitano de pasajeros”.

Por último, y además de solicitar la revocatoria de la sentencia y la rechaza de la demanda, SAETA solicitó la reserva para litigar en sede federal. 

El perjuicio para la empresa

Días atrás, y en declaraciones a este medio, el gerente de la empresa Claudio Juri, habló sobre el “perjuicio que representa, teniendo en cuenta el aumento del gasoil que comienza a regir desde hoy (por ayer), lo que significa $8 millones más por mes: el no incremento del boleto significan $9 millones por mes, y es algo que nos complica como empresa”.

Juri también advirtió que “el gobierno no puede poner más dinero y resaltó que en la actualidad “solo el 40% de los usuarios paga el boleto”.

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