Es un sitio ubicado en la zona oeste, y cuyo territorio ya se encuentra relevado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), en el marco de la ley Nº 26.160, que tiene por objeto la regularización territorial de las comunidades originarias.
Por su parte, desde el Poder Judicial se sostuvo que el proceso legal está recién iniciado y con el mandamiento que se envió lo único que se quería constatar era el lugar en donde vive una familia en particular, y que se encuentra donado a una asociación civil.
La historia sobreviene de la sanción y promulgación de la Ley Nº 7886 por la cual se estableció la donación de la matrícula N° 106.963, de un terreno que en los papeles aparece como propiedad de la provincia, al Centro de Residentes de los Valles Calchaquíes, Zona Norte, en 2015.
Esto implicaba la entrega del terreno en el que se ubican canchas que la mencionada asociación civil había construido en el terreno. Estas construcciones se hicieron en el marco de un comodato otorgado en el lugar por la provincia.
Falta de información
Aunque la Ley no lo indica, en el plano que se encuentra delimitado en la Dirección General de Inmuebles se ve que el terreno cedido tiene tres hectáreas aproximadamente.
El presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Godoy, por su parte, aseguró que el terreno cedido por la Ley sancionada (que se trató a solicitud del Poder Ejecutivo, según explicó) es aquel sobre el que se erigen las canchas.
Pero desde la comunidad Lule, por el contrario, se sostuvo que la asociación civil tiene la pretensión de ir por al menos siete hectáreas del terreno. Es entonces que, dentro de ese reclamo, quedaría encerrada y afectada la familia Fernández, a quien le llegó la notificación de constatación de ocupación.
El pedido de constatación ordenado por la jueza Are Wayar se realizó en el marco de la causa del Club de Residentes de los Valles Calchaquíes contra la familia Fernández por reivindicación del inmueble.
El mandamiento indica de manera textual "Constatar el estado de ocupación" del inmueble por parte de los acusados. También desde ese instrumento se solicita que se "Identifique quienes son los ocupantes y en qué carácter realizan dicha ocupación", además de las "Mejoras del citado inmueble, consignando su estado, tipo de construcción, y si cuenta con luz eléctrica, gas, agua, pavimento y todo otro dato de interés para la subasta judicial", de ser necesario "Con la ayuda de la fuerza pública".
Preocupación de la comunidad
Lo establecido en el mandamiento de la jueza llamó la atención de la comunidad que inició un acampe en el lugar donde se encuentra la familia Fernández, dado que entendieron que una vez terminada la causa (que sospechan apunta a un desalojo que no tendría que corresponder), se rematarían bienes.
Sin embargo, desde el Poder Judicial se aseguró que el proceso está en la etapa inicial y "la superficie no está constatada". Poco se pudo saber de la disposición de constatación para una posterior subasta judicial, indicada en el escrito enviado.
La advertencia a la jueza
Desde la Subsecretaría de Regularización Territorial del Ministerio de Asuntos Indígenas de la provincia, y el Equipo Técnico Operativo (ETO), se le recordó a la jueza que ante la aplicación de la ley Nº 26160, que establece la regularización dominial de las tierras de comunidades originarias, cualquier pretensión de desalojo sobre el territorio está suspendida.
Según la comunicación que enviaron desde la cartera que desde ahora tiene el tema a su cargo, para hoy se tiene prevista una reunión con los legisladores a fin de abordar el origen del conflicto.
Ello a fin de determinar cuál fue la razón en la Legislatura en aquel 2015 para llegar a la sanción de la ley de donación a favor del club vallisto del inmueble.
Ello en consideración que el territorio había sido relevado a favor de la comunidad en el año 2011, o sea antes de la donación.