POR INCUMPLIMIENTO

Una firma aseguradora fue condenada a pagar un daño extrapatrimonial

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación condenando a una empresa aseguradora a pagarle a una consumidora la suma de 50 mil pesos en concepto de daño extrapatrimonial.

La Cámara de Apelaciones hizo lugar a una apelación. (Imagen ilustrativa)
La Cámara de Apelaciones hizo lugar a una apelación. (Imagen ilustrativa)

La causa comenzó cuando murió el padre de la demandante que ante el incumplimiento de la aseguradora se vio en la necesidad de realizar el reclamo por la vía judicial.

En primera instancia la jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Tartagal, Griselda Nieto, hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a abonarle a la demadante la suma de 300 mil pesos en concepto de capital por pago de precio de seguro de vida colectivo rechazando el pedido por daño punitivo y extrapatrimonial.

Al tratar el recurso planteado por la consumidora la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial integrada por la jueza Ivanna Chamale de Reina y el juez Ricardo Casali Rey.

“El trato equitativo y digno constituye uno de los derechos básicos de las personas en general, y de los consumidores y usuarios, en particular, en tanto principio orientador que sirve de fundamento, base o marco de referencia teleológico de los restantes derechos que les asisten a los consumidores y usuarios”, sostuvieron.

Y a partir de este marco, la situación padecida por la mujer “probablemente le produjo una lesión en sus afecciones legítimas, fundamentalmente, en la tranquilidad anímica -desasosiego y frustración-, lo que excede el marco de meras molestias o inquietudes que puede generar un simple incumplimiento contractual y que aparecen como propias del riesgo de los negocios que deben tolerar aquellos que los celebran”.

Puntualizaron que la “información debe ser siempre brindada al consumidor con la claridad necesaria que permita su comprensión”, lo que en el caso en particular no se acreditó.

Recién cuando murió el padre de la demandante la empresa explicó los alcances y cobertura “viéndose así la actora burlada en sus expectativas en una situación de extrema vulnerabilidad”.

Lo condenaron a 15 años  por abusar de dos vecinas

Una de las víctimas es una menor de edad, vecina del acusado, quien fue llevada a su casa bajo engaños y vulnerada en su integridad sexual. Tras la denuncia de la madre de la adolescente, una prima de la menor denunció los abusos sufridos desde que tenía 8 años por la misma persona y hasta que se mudó de ciudad.

El fiscal penal de Rosario de la Frontera, Oscar López Ibarra, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio de ese distrito, en la audiencia de debate contra un hombre de 55 años como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), amenazas, violación de domicilio, amenazas con arma blanca y desobediencia judicial en concurso real.

El acusado era vecino del barrio Ramón Abdala de esa ciudad y fue denunciado por la madre de una menor, a la que bajo engaños, llevó a su casa y vulneró su integridad sexual.

Fue imputado además por ingresar al domicilio de la mujer denunciante pese a existir medidas de restricción y amenazarla con un arma blanca.

Al ponerse en conocimiento esta situación, una prima de la víctima denunció que cuando tenía 8 años y de forma reiterada, sufrió diversos actos de abuso sexual de parte del acusado, quien la mantenía amenazada. También fue juzgado por amenazar a una vecina.

 

 

 

 

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