JUICIO HISTÓRICO POR RAGONE

La pruebas y testimonios que complican al ex juez Federal

La fiscalía planteará en sus alegatos que la sentencia sea de prisión efectiva, por las pruebas y testimonios que lo complican, asunto que dará para la discusión, ya que Ricardo Lona tiene 83 años, será difícil que esa condición sea aplicada.

El fiscal federal, Carlos Amad. Lona enfrenta tres delitos en concurso real, lo que agrava la escala penal que podría caberle al acusado.
El fiscal federal, Carlos Amad. Lona enfrenta tres delitos en concurso real, lo que agrava la escala penal que podría caberle al acusado.

Lona enfrenta tres delitos:

El primero de ellos es el de prevaricato, contemplado en el artículo 269 del Código Penal. Por su comisión, se establece una pena de multa e inhabilitación absoluta para el funcionario judicial, mientras que en el caso de que su accionar haya derivado en la condena de un reo, la escala penal sube de 3 a 15 años de cárcel.

Al respecto, y en el caso de Lona, el prevaricato sólo podría aplicarse en su primer párrafo, lo que implicaría un pedido de multa e inhabilitación. Según la jurisprudencia, y el pedido de juicio de la fiscalía, el “prevaricato es un delito que atenta contra la Administración Pública y esencialmente contra la Administración de Justicia, que se ve afectada por la actuación infiel de los magistrados”.

En este punto, el fiscal pondrá sobre relieve la decisión del entonces juez Lona, en el marco de la causa penal a su cargo por el secuestro de Ragone, de dictar el sobreseimiento provisional bajo el supuesto hecho de que no se dio con “él o los autores del hecho”.

Esta resolución, según la fiscalía, fue un acto previo a la postura de mantener la investigación en torno a la hipótesis de que el golpe lo dieron sujetos que llegaron de Santiago del Estero, con lo cual se abandonó la “pista local”.

El segundo delito por el cual está imputado es:

“Omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes”, está contemplado en el artículo 274 del Código Penal, y el mismo prevé una pena de seis meses a dos años de prisión para “aquel funcionario público que faltando a la obligación de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes”.

En este caso, la fiscalía hará gala de las pruebas y testimonios brindados en el juicio, entre ellos el del ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Marcelo López Arias, quien acusó a Lona de haber mantenido las pesquisas por el caso Ragone dormidas por diez años.

Respecto al encubrimiento, incluido en el artículo 277 del mismo Código, la escala penal es de seis meses a tres años de cárcel para aquel funcionario que “ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta. Ocultare, alterare o hiciere desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o ayudare al autor o partícipe a ocultarlos, alterarlos o hacerlos de-saparecer”.

Aquí, en tanto, se espera también que el fiscal cite lo afirmado por distintos testigos a lo largo del juicio, en especial a la supuesta conducta de Lona de evitar la investigación sobre el policías y militares, para lo cual también se espera que se haga alusión a lo declarado por detenidos políticos, quienes apuntaron, como el caso de la ex jueza, Martha Sofía Poma, que el ex juez acusado fue cómplice de los militares.

Concurso real

El concurso real, condición que es reclamada por la fiscalía para los tres delitos imputados a Lona, se aplica jurídicamente cuando el delincuente en un accionar viola otras normas penales, cada una de las cuales prevé una escala propia.

Con ello, se agrava la situación del imputado. En estos casos, se contempla sumar el máximo de la escala penal de cada delito, con lo cual, en el caso de Lona, esa escala máxima lleva a cinco años de prisión, dos de ellos por el delito de omisión de persecución penal y tres por encubrimiento, mientras que el mínimo, bajo la misma regla, sería de un año de prisión.

Esta escala, sin embargo, podría ascender, si es que la fiscalía convence al Tribunal de que a Lona se le debería aplicar el máximo, o sea los 5 años de prisión, por cada uno de los resultados producidos en el accionar delictivo, es decir por la muerte de Ragone, la de Arredes y la tentativa de homicidio de Martínez Leal.

De ser así, esa pena podría llegar a los 15 años de prisión, caso contrario se puede considerar los tres resultados como un solo hecho, la escala penal máxima quedaría en 5 años de cárcel. Al respecto, cabe señalar existe jurisprudencia para aplicar un criterio u otro, por lo que este punto será bastante discutido.

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