Sin embargo, al no quedar claro el pedido del defensor, la querella al momento de las réplicas, solicitó aclare esta situación, señalando Erazo, que pedía la figura descripta en el artículo 81, inciso 1º Se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años: a) Al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable.
Antes de pasar a deliberar el tribunal, su presidente se dirigió al acusado preguntándole si iba a declarar, no para hacer un descargo, ya que tuvo varias oportunidades de hacerlo y que este no era el momento. “Tiene derecho, por ley, a dirigirse al tribunal y decir algunas palabras. Lo va a hacer?”. Recibiendo como respuesta un “No”.
Para dictar el fallo, los jueces deliberaron por algo más de una hora y media y luego, pasada las 17 del miércoles 25 de setiembre, se dio lectura a la sentencia a cadena perpetua por femicidio.
En el fallo, el Tribunal de la Sala IV de Juicio lo condenó a la pena de prisión perpetua, dispuso que sea sometido a tratamiento psicológico y ordenaron que se le extraiga material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG) para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Los jueces ordenaron además la remisión de una copia del veredicto al Comité de Evaluación de Femicidios, Transfemicidios y Violencia de Género que funciona en el ámbito del Ministerio Público Fiscal.
El tribunal estuvo integrado por los jueces Roberto Faustino Lezcano (presidente), Norma Beatriz Vera y Maximiliano Troyano (vocales).