DAÑO AMBIENTAL

Juicio para funcionario de Campo Quijano por basural a cielo abierto cerca de un río

La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, interina en la Unidad Fiscal Contravencional, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías en turno para un hombre de 34 años que se desempeña como Director de Servicios Públicos de la Municipalidad de Campo Quijano y está acusado como infractor del artículo 94 bis de la Ley 7135/01, al comprobarse la existencia de un basural a cielo abierto.

Los residuos por convenio debian ir al Vertedero de Salta.
Los residuos por convenio debian ir al Vertedero de Salta.

Tal artículo señala que será sancionado con arresto de hasta ochenta días o multa de hasta ochenta  días el funcionario público que por acción u omisión dolosa, provocare, consintiere, autorizare o no denunciare la concreción de un daño ambiental, con efecto sobre la salud y/o el patrimonio de las personas, siempre que el hecho no constituya delito.

La investigación se inició ante las reiteradas denuncias de una vecina de Campo Quijano, que señala que desde la Municipalidad se disponen residuos sólidos y líquidos (cloacales) en un predio sin ningún tipo de tratamiento, lo cual fue corroborado por un informe del Cuerpo de Invetigaciones Fiscales (CIF), donde se constató la existencia de un “microbasural” ubicado en el predio del ex matadero y en la vera del río Rosario en la localidad de Campo Quijano.

El informe menciona que se evidencia que el “basural a cielo abierto” funciona sin licencia ambiental expedida por autoridad competente, por lo que no ha obtenido la evaluación de impacto ambiental necesaria para utilizar el predio mencionado para el destino final de los residuos a cielo abierto (requisito previo en la ley N º25.675 Ley General del Ambiente). Del informe de la Secretaria De Ambiente y Desarrollo Sustentable surge que no cuenta con un plan de gestión, situación que quedó acreditada a través de los propios dichos del Director del Servicios Públicos.

La fiscal sostiene en el requerimiento que el funcionario público de Campo Quijano debe tener pleno conocimiento de que la disposición final de los residuos de la comuna debe realizarse en el relleno sanitario San Javier, a raíz de que en el año 2014 se celebró un convenio de cooperación conjunta con la Municipalidad de Salta. 

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