MEDIDA CAUTELAR

Anulan las restricciones para informar sobre el caso Teruel

El juez de Garantías de Segunda Nominación en feria, Ignacio Colombo, dispuso la nulidad de la cautelar en relación a la causa que se sigue contra Lautaro Teruel, en lo referente a las restricciones para comunicar los avances del caso.

La medida implicaba no informar sobre los avances de la causa.
La medida implicaba no informar sobre los avances de la causa.

La defensa de la menor que lo denunció por abuso sexual, Santiago Pedroza, apeló la medida cautelar dispuesta por la jueza María Edith Rodríguez. También lo hizo la fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual Nº 1 en feria, Cecilia Flores Toranzos

La jueza Rodríguez determinó prohíbir a  toda persona que por su función o participación tuviera acceso a la causa, se abstengan de revelar a terceros y a los medios masivos de comunicación los actos procesales, datos o pruebas colectadas.

También ordenaba a  los medios de comunicación modo de precaución que a la hora de informar se abstengan de publicar o difundir la imagen del grupo Los Nocheros o de alguno de sus integrantes, relacionando a los mismos con la causa. 

Además solicitó la eliminación, anulación, borrado o desactivación de todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, link, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda que relacionan la imagen o nombre de cualquiera de los integrantes o del grupo musical. 

La medida de Rodríguez repercutió en todos los ámbitos y fue considerada como censura por periodistas y asociaciones de periodistas, que no tardaron en manifestar repudio.

El juez Colombo, consideró que la medida resuelta excede la competencia de la justicia provincial. 

Cabe recordar que Lautaro Teruel se encuentra imputado por los delitos de exhibiciones obscenas agravadas y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), todo en concurso real.

Lautaro Teruel de 27 años está imputado de ser el autor de delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por el grave daño en la salud de la víctima, según Ley Nº 25087, en concurso real, con exhibiciones obscenas agravadas continuadas en concurso ideal, con corrupción doblemente agravada por tratarse de menor de 13 años y por mediar engaño.

La causa se originó por la denuncia de la madre de una adolescente, por diversos hechos de abuso sexual de su hija cuando tenía 10 años.  El acusado habría aprovechado que la niña frecuentaba su casa para vulnerar su integridad.

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