POR LIMITACIONES EN LA ATENCIÓN

Nueva fecha de prórroga para licencias de conducir que vencen el 2 de enero

La Municipalidad de Salta emitió una nueva prórroga para los contribuyentes que tienen licencias vencidas o a vencer hasta el 31 de julio del corriente año, otorgándoles un plazo de seis meses.

La prórroga es hasta el 31 de julio de este año.
La prórroga es hasta el 31 de julio de este año.

Debido a las limitaciones en la atención al público por los protocolos para evitar la propagación del COVID-19, desde el municipio y con el aval de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, se consideró necesario extender los plazos.

Teniendo en cuenta la actual situación de emergencia sanitaria por pandemia y con la finalidad de unificar criterios con el organismo nacional, se resolvió ampliar la vigencia para todos aquellos contribuyentes a quienes se les vencieron las licencias o se venzan, entre el 02 de enero al 31 de julio de 2.022, por un plazo de seis meses desde que opera cada vencimiento.

Cabe destacar que, mediante un acuerdo con la institución de la Nación, se emite un documento válido para la circulación en todo el país, que los vecinos pueden retirar de calle Santa Fe 545.

Esta copia es certificada, se gestiona por mesa de entrada de la Secretaría municipal con la entrega de la copia de la licencia vencida y el trámite es sin cargo.

Cabe recordar que, en la ciudad, las licencias se entregan a través de los CEL, que dependen de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, creada por la ley 26.363 y en la que se establece que el otorgamiento sólo lo puede realizar el municipio, siendo esa función indelegable.

En el caso de extravío de la licencia nacional de conducir, se debe realizar la denuncia correspondiente en sede policial, acercarse al Tribunal de Faltas para gestionar certificado de No Inhabilitado y aguardar cinco días para hacer el trámite de duplicación en cualquiera de los tres CEL.

Se recuerda que para poder sacar la licencia de conducir es requisito no ser infractor al deber de votar, tal como lo establece el artículo 126 del Código Electoral Nacional que indica que "no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales".

Se puede consultar la situación de cada uno en: https://infractores.padron.gov.ar/, la que será tenida en cuenta previo a la emisión de la licencia nacional.

Además, se debe presentar Estado de Deuda del Impuesto a la Radicación de Automotores, que se puede obtener ingresando a la Ventanilla Virtual, Opción 1, Ventanilla Única https://ventanillamunicipalidadsalta.ridu.com.ar/. La medida no impedirá que se emita el carnet. Es para que los conductores tomen conocimiento sobre su situación.

Las licencias de conducir para profesionales (Clase D) pueden tramitarse en cualquiera de los CEL, salvo que el solicitante posea causas penales en sus certificados de antecedentes penales nacional y/o provincial. Si esa es la situación, podrá hacerlo en Santa Fe 545 y Paseo Salta.

 

 

 

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