COOPERATIVISMO

La Municipalidad creará un Registro de Empresas Sociales

El registro estará a cargo de la secretaria de Obras Públicas. El objetivo será la realización de contrataciones abreviadas para obras menores de limpieza y mantenimiento.

Las empresas registradas podrán acceder a contrataciones abreviadas. Foto: Gobierno de Salta
Las empresas registradas podrán acceder a contrataciones abreviadas. Foto: Gobierno de Salta

La medida se realiza en cumplimiento al Sistema de Contrataciones de la Provincia de Salta, que establece que las contrataciones abreviadas podrán realizarse en casos específicos como empresas sociales que estén acreditadas dentro de un registro determinados; de acuerdo a lo expresado en el decreto publicado en la última edición del Boletín Oficial.

A su vez, cumple con el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal que dispone: “La Municipalidad promoverá la formación y acción de cooperativas y asociaciones sin fines de lucro, para la prestación y ejecución de obras y servicios públicos a las que se podrá conceder privilegios temporarios”.

A ello, agregaron que el actual contexto socio económico demanda de quienes gobiernan “medidas de contención social e inclusión de sectores menos favorecidos en la generación de opciones laborales que dignifiquen la persona y sus familias mediante el trabajo”.

Asimismo, destacaron que una de las funciones de la Subsecretaría de Integración Socio Urbana es promocionar la participación comunitaria en proyectos que afectan directamente a los vecinos mediante la ejecución de obras por cooperativas.

El Registro estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas Municipal, y podrán solicitar la inscripción las cooperativas de trabajo y toda otra figura asociativa, cualquiera sea su condición tributaria como contribuyente, que cumplan con los requisitos establecidos por la Subsecretaría de Contrataciones.

Las funciones del registro serán dictar la reglamentación necesaria para el funcionamiento y cumplimiento de los fines del mismo; mantener actualizado con un legado de cada empresa; efectuar la calificación, conforme a la reglamentación, de las empresas sociales inscriptas, a los fines de confeccionar un orden de mérito para cada rubro; asesorar a las empresas sociales inscriptas en materia de su competencia; expedir certificados de inscripción; y difundir el listado de empresas inscriptas.

En el mismo decreto, se estableció que la Subsecretaría de Integración Socio Urbana podrá elaborar Proyectos Generales para Servicios de arreglos, reparaciones, mantenimiento y limpieza a realizarse por empresas sociales.

También, se modificó el artículo 25 del Capítulo II del Título I del Anexo del Decreto N° 0087/21, permitiendo realizar contrataciones abreviadas con las empresas sociales registradas. Para llevar a cabo la contratación, deberá contarse con la cotización de al menos tres empresas.

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