El Tribunal de Impugnación Sala IV, distrito centro, ratificó a través de un fallo la ilegalidad de la operación de la plataforma UBER en la provincia de Salta.
Entre los fundamentos del fallo se establece que: “… quien quiera ser prestador del servicio deberá adecuarse a las modalidades autorizadas y en caso que pretendiera realizar una modalidad distinta, deberá solicitar su autorización ante la autoridad competente.”, es decir ante la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT).
En el mismo sentido, ampliaron que: “… toda actividad que implique el transporte de pasajeros, requiere previamente la autorización de la Autoridad de Aplicación.
Por ende, va a ser legal el transporte automotor de pasajeros cuando se tenga el permiso estatal otorgado por la AMT, y será ilegal entonces cuando no se lo tiene”.
El fallo también indicó: “… la AMT tendrá a su cargo facultades sancionatorias por sí mismas, las que incluyen medidas preventivas, tales como el secuestro de las unidades en infracción, y coercitivas, como la aplicación de multas e inhabilitaciones.”
La sentencia también establece que “el conductor y/o vehículo que no cuente con la habilitación, cae bajo el concepto de ilegal, y por ende resulta merecedor de una sanción”.
La decisión del Tribunal llega tras varias polémicas con respecto a la aplicación, que ha realizado diversos anuncios de su presencia en Salta y del posible desembarco de otras formas de transporte como “Uber Moto” tanto para cadetería como para transporte de pasajeros. A la vez, emitieron “ofertas” de otorgar bonos por arriba de los $50.000 a aquellos taxistas que se sumen a la aplicación.
La situación trajo consigo un repudio generalizado de los gremios que nuclean taxistas, remiseros y cadetes, además de poner en alerta a la AMT que desde inicios de año efectúa controles distantes y ya se realizó el secuestro de una gran cantidad de vehículos que trabajaban de forma ilegal a través de la aplicación UBER.