ALIVIO ECONÓMICO

Feriantes del Campo de La Cruz no pagarán una tasa municipal

La Municipalidad anunció la medida, que estará vigente durante el tiempo del Milagro, con el objetivo de acompañar a los feriantes en la difícil situación económica que atraviesa el país.

La medida durará durante el Milagro. Foto: Municipalidad de Salta
La medida durará durante el Milagro. Foto: Municipalidad de Salta

Como consecuencia de la difícil situación económica que atraviesa el país, la Municipalidad de Salta tomó la decisión de acompañar a los pequeños comerciantes y emprendedores de feria con el beneficio del no cobro de la Tasa de Uso de Espacio del Dominio Público.

Esta medida estará vigente durante el tiempo del milagro, en la ciudad de Salta, y es aplicable a los feriantes que se ubiquen en el predio del Campo de la Cruz.

De esta manera los feriantes del lugar, dispondrán de este beneficio hasta que finalicen las celebraciones del Señor y la Virgen del Milagro. 

Quienes estén interesados en participar como feriantes tienen tiempo hasta el 5 de septiembre para presentar el formulario.

El documento puede ser retirado por Alvarado 735 o en las mesas de entrada de la Municipalidad (Buenos Aires y San Martín, y el Centro Cívico Municipal). Al formulario deben agregarse DNI, constancia de CUIL, certificado de residencia, negativa de ANSES, seguro de responsabilidad civil comprensiva, seguro contra incendios y, en caso de corresponder, certificado de discapacidad.

Asimismo, en caso de vender alimentos deben agregarse matafuegos, certificado de Manipulación de Alimentos y certificado de salud del Hospital Público del Milagro u entidades médicas privadas.

Para que la autorización sea aprobada, se deben cumplir con los requerimientos de la ordenanza N°6240. Para vendedores de la vía pública, las obligaciones: contar con permiso de la Dirección General de Control, abonar las tasas correspondientes; mantener la limpieza del lugar; no obstaculizar la libre circulación peatonal ni ocupar ornamentos de los espacios verdes; la actividad deberá ser desarrollada personalmente y en forma permanente y los productos deben tener su respectivo justificativo de compra. 

En cuanto a la venta de comidas al paso, los requisitos son: Poseer un artefacto rodante cuyas medidas serán: 1.50 m de largo x 0.80 m ancho x 2.00 m de alto; Campana extractor de gases y chimeneas; Mesa de material inalterable; Tanque para depósito de agua de material indeleble; Pileta de lavar los utensilios; Parrilla material inalterable; Espacio cerrado para depósito de pan; Espacio cerrado para todo tipo de mercadería; Heladera o conservadora para la bebidas sin alcohol; Recipiente receptor de líquidos desechables y recipientes con tapa para residuos.

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