ESCÁNDALO POLICIAL EN SU CASA

Sobreseen al fiscal Francisco Snopek por daños y resistencia a la autoridad

La doctora Claudia Puertas, jueza de Garantías Nº 8 de la ciudad de Salta, sobreseyó al fiscal federal Francisco Snopek en las dos causas generadas en perjuicio de su esposa Ana Micaela Skyrud, y en la denuncia policial por incidentes, ambos surgidos a raíz de un escándalo con su pareja en su casa. El MPF ya adelantó que apelará esta resolución.

NDS |

El fiscal federal Francisco Snopek, fue sobreseído por la jueza Claudia Puertas del Juzgado de Garantías Nº 8 de la ciudad de Salta.
El fiscal federal Francisco Snopek, fue sobreseído por la jueza Claudia Puertas del Juzgado de Garantías Nº 8 de la ciudad de Salta.

El adelanto de este fallo fue dado a conocer por el periodista Héctor Alí de FM Pacífico, en exclusiva. 

Según se deprende del texto del fallo, subsidiariamente se mantiene la imputación violencia de género, lesiones leves agravadas por el vínculo, delito que según se anticipó será apelado por la defensa.

En este punto la defensa técnica de Snopek plantea que no existió denuncias por parte de la daminficada y tampoco existio un informe del médico forense sobre los daños causados.

En la actual resolución, la jueza decidió no hacer lugar a la acción interpuesta por la defensa en relación al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el género.

En este fallo de 60 fojas, dictó el sobreseimiento por el delito de daños, resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad en concurso ideal, cuado la policía fue a su domicilio el día 24 de mayo.

Se remarcó que sobre este hecho ocurrido la mujer no hizo la denuncia, por lo que la Justicia a través de la fiscal Lujan Sodero actuó de oficio y de acuerdo a las pruebas recolectadas, habia imputado al fiscal por presunta violencia de género.

Cabe recordar que las denuncias sobre daños y privación ilegitima de los agentes de la policía local que acudieron a esa casa, no fue por pedido de la supuesta víctima, sino por un llamado realizado por el propio fiscal Snopek, el martes 24 de mayo pasado, luego de un procedimiento en su domicilio.

Del fallo se destaca también que no se tomaron en cuenta las lesiones, porque la mujer no hizo se hizo ninguna denuncia al respecto. Los daños de los cuales sobreseen al fiscal federal fue también por la ruptura de las cosas que hubo en su casa.

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Apelarán el sobreseimiento del Fiscal Federal

Luego de conocido que la jueza de Garantías 7, Claudia Puertas, dictó el sobreseimiento del funcionario federal. La fiscal Penal 2 de Violencia Familiar y de Género, Luján Sodero adelantó que apelará la resolución en el entendimiento de que los recursos presentados por la defensa buscan el salvataje procesal del imputado a costa de la integridad y bienestar psíquico de la víctima.

Sodero fue informada hoy de la resolución de la jueza Puertas en la que dictó el sobreseimiento del Fiscal Federal por el delito de daños en perjuicio de su pareja; y resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad agravada, en concurso real en perjuicio de oficiales de la Policía de Salta.

La jueza no hizo lugar a la excepción de falta de acción interpuesta por la defensa técnica en relación al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el género ni al pedido de nulidad solicitado.

Sodero ratificó que es inobjetable la necesidad de dar continuidad a la causa debido a que la defensa apeló insistentemente en el salvataje procesal del imputado a costa de la integridad y bienestar psíquico de la víctima.

Las causales invocadas por la Jueza para el sobreseimiento fueron la atipicidad respecto a la privación de la libertad y la resistencia a la autoridad; y la excusa absolutoria respecto a los daños; dos argumentos ya rechazados por la Fiscalía desde el primer momento de la causa.

Sodero viene sosteniendo desde el inicio de las actuaciones el carácter de víctima vulnerable y vulnerada de la pareja del Fiscal, lo cual ha justificado precisamente la intervención oficiosa del este Ministerio Público Fiscal al punto de haber decidido la prosecución de la causa sin contar con la denuncia de la damnificada.

Agrega que esto se produjo aun habiendo manifestado ella su voluntad en contrario, siempre considerando el interés público comprometido, y el riesgo real en el que se encuentra la misma de acuerdo a la evaluación que se ha llevado a cabo y estando al material probatorio que se ha producido que da cuenta de un contexto de violencia palmario y latente.

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