POR DESPROTECCIÓN

Por una estafa que sufrió un cliente jubilado, condenaron al Banco Macro

Durante la pandemia, un jubilado fue víctima de un ciberdelito mediante el cual se extrajeron todos sus ahorros y se pidió un préstamo personal a su nombre en el Banco Macro.

La casa central del banco condenado. (Facebook)
La casa central del banco condenado. (Facebook)

La Justicia condenó a la entidad bancaria por la desprotección al hombre y por la falta de seguridad de su sistema.

Sebastián Aguirre Astigueta, abogado que representó al damnificado, informó a Nuevo Diario que el caso fue de un jubilado (de 72 años) estafado por medios electrónicos. Un ciberdelincuente atacó el sistema del Banco Macro logrando que se otorgue a la víctima un préstamo de $57.000 y, a la vez, extrajo todos los haberes jubilatorios que poseía, cercano a los 95 mil pesos, que correspondían a su liquidación como ex empleado de la Municipalidad de Salta.

"Hizo denuncias penales y reclamos al Banco, pero no obtuvo ninguna respuesta efectiva; y tuvo que demandar civilmente al Banco Macro por ante el Juzgado Civil y Comercial de 5 Nominación de Salta Capital", indicó el letrado.

Astigueta remarcó que en la época de pandemia hubo muchos casos similares y los bancos hicieron "sistemáticamente oídos sordos a los reclamos de sus usuarios", lo que los lleva hoy a ser sancionados por la justicia.

En ese sentido, remarcó que la Unidad Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) informó sobre el incremento de estos casos en el 2.020, la mayoría llevados a cabo mediante "el envío de correos electrónicos o en forma telefónica denominada vishing (por voice)".

Consumidor vulnerable

"El fallo es relevante no solo por la justicia del caso concreto sino por la multa que se le impuso al Banco para que revea su conducta en el futuro. Concluye bien la jueza que el caso presenta a un consumidor hipervulnerable que no se ha cuidado debidamente, que el Banco ejerce una actividad riesgosa, de la que no puede resultar solo una ganancia desmedida sin hacerse cargo de los daños que genera. Además, sostiene que el jubilado debió ser especialmente cuidado en tiempos de pandemia de una maniobra fraudulenta por parte de terceras personas", afirmó Astigueta.

Seguridad insuficiente

Por último, el abogado remarcó que los daños provocados al jubilado tienen una vinculación con los incumplimientos de seguridad que debe tener el Banco, la vulnerabilidad de su sistema y la ausencia de medidas hábiles para impedir estos delitos.

Una multa de dos millones de pesos

En el hecho puntual que defendió Astigueta, el fallo (que todavía no está firme) anuló la contratación del crédito y ordeno la restitución de su jubilación más intereses. Además, impuso una multa de $ 2.000.000 al Banco Macro por su conducta negligente y desaprensiva para con su usuario.

"Para el bien fundado fallo resulta relevante referir el carácter de consumidor hipervulnerable que recae sobre el señor López en su condición de adulto mayor - por tener 72 años - y ser jubilado.

Por ende, contaba - y cuenta - con la protección de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores", explicó el abogado.

Asimismo, indicó que la jueza expresó en el fallo: "Lo cierto es que hoy la vejez nos coloca ante un nuevo desafío jurídico: comprender nuestras propias injusticias respecto de esta etapa de la vida, a fin de resolverlas".

Prosiguió: "Es imposible no vincular esta caracterización con la penosa situación de miles y miles de jubilados que esperan pacientemente afuera de los Bancos sin consideración alguna a su situación de adultos mayores hipervulnerables y necesitados de una comprensión y una tutela especial por parte de Bancos y Estado", agregó Astigueta.

Otro punto que analizó la jueza fue que la entidad bancaria "debió asegurar a sus usuarios la seguridad de estos entornos digitales, debiendo desplegar herramientas de ciberseguridad".

En ese sentido, el letrado sostuvo que la causa del perjuicio al jubilado es la falta de seguridad en el sistema que el banco demandado puso a disposición del accionante por lo que no puede culpar a la víctima, como lo hizo en su momento.

 

 

 

 

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