URUGUAY LA SUSPENDIÓ

Piden a través de un amparo la suspensión de la vacuna COVID-19 en menores de edad

Más de 50 personas en todo el país recurrieron a la justicia federal para solicitar mediante un amparo la suspensión inmediata de la inoculación de la vacuna experimental contra el Covid-19 en niños y niñas, asegurando que la misma produce una serie de efectos nocivos.

Aseguran que existen presentaciones de este tenor en todo el país.
Aseguran que existen presentaciones de este tenor en todo el país.

Así lo afirmó el abogado Julio Razona, en diálogo con el programa Latido Ciudadano de Radio 10 Salta (101.5), quien detalló que el pasado lunes se llevó adelante una audiencia informativa en donde se expusieron detalladamente los argumentos de quienes presentaron este amparo, además de la exposición de científicos sobre el tema. La demanda interpuesta es contra el Ministerio de Salud de Nación y la empresa farmacéutica Moderna, que es quien provee al Estado de las vacunas para esta rama etaria.

“Estamos en una primera etapa en donde se nos escuchó a la parte actora, pero también a la parte demandada, y continuará el 15 de noviembre cuando el juez resuelva de forma inmediata la suspensión de la vacunación contra el Covid 19 en menores de edad”.

Expectativa versus realidad

El abogado Razona advirtió sobre los efectos adversos de esta vacuna y las dificultades para acceder al prospecto del medicamento y sus contraindicaciones: “por suerte lo pudimos hallar y establece claramente que no se recomienda para personas menores de edad y detalla a continuación que la misma no debe ser administrada si el paciente es alérgico al principio activo, o a alguno de los demás componentes, que son 12 en total”.

“Esta vacuna se está dando sin ninguna evaluación previa, ni mucho menos una advertencia sobre los componentes”, agregó el letrado, y remarcó las expectativas versus la realidad sobre el proceso inoculatorio, que en la teoría debe estar supervisado por un especialista que debería controlar cualquier posible característica o afección que pudiere provocar algún efecto adverso en la persona a inocular: “es obligatorio, junto a una historia clínica autorizada y sellada, además de la firma de un consentimiento informado sobre el contenido de lo que van a inocularse, incluida una serie de garantías para las personas que van a ser parte de este experimento”, resaltó Rzona, haciendo hincapié en el carácter experimental de este tipo de vacunas a nivel mundial.

El amparista sostuvo de este modo que el propio ministerio aseguró que estos pasos fueron cumplidos, pero en la realidad no fue así, poniendo el acento en los improvisados vacunatorios, y en los procesos que lejos estuvieron y están de los marcos teóricos establecidos.

“Aquí hay una confrontación entre la realidad y el relato ministerial, en donde las estadísticas propias del ministerio se contradicen con las estadísticas del resto del mundo”, dijo, y señaló que durante la pandemia fallecieron 45 personas menores de edad, todas ellas con comorbilidades, y “por ese número se debe vacunar a toda una población con una serie de componentes que son totalmente desconocidos por una firma de confidencialidad, un secreto de Estado que no puede ser modificado”.

Cabe recordar que, en la Argentina, los chicos que tienen entre 3 y 17 años deben aplicarse el primer refuerzo después de los 4 meses de la segunda dosis. Las personas con inmunocompromiso, a partir de los 12 años tienen habilitado el segundo refuerzo.

“Esto es totalmente inconstitucional”, señaló Julio Razona, que se mostró confiado en que la justicia falle a favor de estas presentaciones: “se han aprovechado de la falta de información real para coaccionar a las personas para vacunarse”, concluyó el abogado a la espera de la siguiente instancia judicial en noviembre.

A este planteo lo acompaña también jurisprudencia internacional, como el fallo en Uruguay que suspendió la vacunación en menores de 13 años, hasta tanto se publiquen íntegros los contratos de compras de estas vacunas.

 

 

 

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