FALLO DE ANA MARÍA CARRIQUIRY

Ordenan al Ministerio de Salud a implementar un plan de salud mental en Orán

La Jueza de Familia Nº 2 de Orán, Ana María Carriquiry, hizo lugar a un amparo colectivo contra el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta para que se condene al Estado Provincial a implementar un Plan en materia de Salud Mental.

Jueza Ana María Carriquiry.
Jueza Ana María Carriquiry.

La magistrada ordenó al Ministerio de Salud, Ministerio de Economía y Fiscalía de Estado que informen las inversiones realizadas en salud mental.

La causa iniciada por los Asesores de Incapaces de Orán tuvo una duración de dos meses, en los que la jueza se constituyó en el Hospital San Vicente de Paul de Orán y el Hospital Ragone de Salta para verificar la atención brindada a los pacientes derivados del interior.

Asimismo, se llevó a cabo una audiencia pública para conocer las experiencias de los vecinos de Orán en relación al servicio de salud.

El Colegio de Psicólogos y el Colegio de Psiquiatras participaron como Amigos del Tribunal e ilustraron sobre la alarmante situación en el norte de la provincia.

El Hospital de Orán cuenta con un solo psiquiatra residente, cuyo contrato finaliza en agosto. Además, cuenta con una psicóloga en planta permanente y dos contratadas.

El recurso humano de salud se encuentra precarizado. En cuanto a la infraestructura el Centro de Adicciones Tinku se encuentra en refacciones.

El presupuesto que destina la provincia en salud mental es del 0,4% del asignado a la cartera de salud, mientras que la ley dispone que se emplee el 10% del mismo.

Con cita a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, Observación General Nº 1 del Comité y el derecho constitucional a la salud, la jueza declaró el estado de cosas inconstitucional en materia de salud mental en el Departamento Orán.

El estado de cosas inconstitucional es un mecanismo o técnica jurídica creada por la Corte Constitucional de Colombia, mediante la cual declara que ciertos hechos resultan abiertamente contrarios a la Constitución, por vulnerar de manera masiva, derechos y principios consagrados en la misma. A través de esta figura, se insta a las autoridades competentes para que, en el marco de sus funciones y dentro de un término razonable, adopten las medidas necesarias para corregir o superar tal estado de cosas. La utilización de esta figura en Argentina, se verificó en una causa por problemáticas habitacionales, en la que la justicia porteña concedió un amparo, afirmando que el diseño de políticas públicas resulta una deuda social que exige ser atendida con urgencia.

La Jueza ordenó al Estado Provincial establecer un Plan Integral en Salud Mental con presupuestos mínimos a ser presentado en el término de 10 días y a informar cada sesenta días el avance de la implementación.

1) Presupuesto en materia de salud mental en el 10% del presupuesto destinado a salud.

2) Efectivización de los trabajadores del Hospital San Vicente de Paul

3) Pleno funcionamiento de adicciones Tinku.

4) Incorporación de médicos psiquiatras hasta el número mínimo de tres profesionales en total.

5) Incorporación de psicólogos hasta el número mínimo de diez profesionales en total.

6) Capacitación obligatoria para la totalidad del personal del Hospital San Vicente de Paul de Orán.

7) Disposición de un sector del Hospital San Vicente de Paul para atención de pacientes con padecimientos mentales. Este sector deberá refaccionarse y reacondicionarse.

8) Puesta en funcionamiento del Órgano de Revisión en Salud Mental en el término de noventa días.

9) Intervención del Comité contra la Tortura hasta que funcione en el Órgano de Revisión de Salud Mental.

10) Intervención de la Auditoría General de la Provincia en el control de la ejecución del presupuesto en materia de salud y salud mental.

 

 

 

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