“BUSCAN SALVATAJE PROCESAL”

La fiscal Luján Sodero apelará el sobreseimiento del Francisco Snopek,

La jueza de Garantías 7, Claudia Puertas, dictó el sobreseimiento del fiscal federal Francisco Snopek, y la fiscal Penal 2 de Violencia Familiar y de Género, Luján Sodero, adelantó que apelará la resolución.

Francisco Snopek, sobreseído por daños y privación ilegitima de la libertad, pero la causa por violencia de género sigue su curso.
Francisco Snopek, sobreseído por daños y privación ilegitima de la libertad, pero la causa por violencia de género sigue su curso.

Apelará, en el entendimiento de que los recursos presentados por la defensa buscan el salvataje procesal del imputado a costa de la integridad y bienestar psíquico de la víctima.

Luján Sodero fue informada de la resolución de la jueza Claudia Puertas en la que dictó el sobreseimiento del Fiscal Federal por el delito de daños en perjuicio de su pareja; y resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad agravada, en concurso real, en perjuicio de oficiales de la Policía de Salta.

En la misma resolución, la jueza de Garantías 7 no hizo lugar a la excepción de falta de acción interpuesta por la defensa técnica en relación al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el género ni al pedido de nulidad solicitado.

La fiscal Sodero adelantó que es inobjetable la necesidad de dar continuidad a la causa debido a que la defensa apeló insistentemente en el salvataje procesal del imputado a costa de la integridad y bienestar psíquico de la víctima.

Las causales invocadas por la Jueza para el sobreseimiento fueron la atipicidad respecto a la privación de la libertad y la resistencia a la autoridad; y la excusa absolutoria respecto a los daños; dos argumentos ya rechazados por la Fiscalía desde el primer momento de la causa.

Sodero viene sosteniendo desde el inicio de las actuaciones el carácter de víctima vulnerable y vulnerada de la pareja del Fiscal, lo cual ha justificado precisamente la intervención oficiosa del Ministerio Público Fiscal al punto de haber decidido la prosecución de la causa sin contar con la denuncia de la damnificada y aún, habiendo manifestado ella su voluntad en contrario, siempre considerando el interés público comprometido, y el riesgo real en el que se encuentra la misma de acuerdo a la evaluación que se ha llevado a cabo y estando al material probatorio que se ha producido que da cuenta de un contexto de violencia palmario y latente.

 

 

 

 

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