El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, de manera provisional, adoptó la medida en base a las testimoniales y abundante documentación aportada por los supuestos compradores.
El acusado habría vendido lotes pertenecientes a su propietario original, consignándose en los boletos de compraventa la frase "por cuenta y orden" de específicas personas, quienes no habrían concedido autorización y aludiendo a una escritura pública que no se condice con lo autorizado.
Uno de los damnificados compró terrenos al acusado por cuenta y orden de los titulares del dominio. Primero, se vendía un inmueble del loteo La Merced, luego, en el mismo año, el damnificado compró dos lotes, existiendo boleto de compraventa con fecha 5 de marzo de 2020.
Existen dos hechos nuevos de estafa en perjuicio de otros dos damnificados, que habrían sido cometidos por el acusado, quien no dispondría del poder general de administración y disposición, en relación al loteo en cuestión, puesto que en el contrato se alude a una escritura pública que data de 2018.
Otro damnificado denuncia al acusado por un lote que adquirió en 2015 y canceló en 2016. En el boleto de compraventa del inmueble se consigna "por cuenta y orden del titular del dominio", pero no existiría poder alguno en la operación. En otra de las denuncias, una damnificada adjunta boleto de compraventa por dos lotes, en el que el acusado habría actuado, nuevamente, por cuenta y orden del titular, cuando no habría contado con el correspondiente poder.
Por último, con fecha 15 de octubre de 2021, comparece un matrimonio con documento de compraventa de fecha 11 de diciembre de 2017 y que el acusado no contaría con la autorización del propietario original para celebrar la operación.
Loteo San Agustín
Otra denuncia cuenta con un boleto de compraventa, celebrado el 7 de junio de 2017, por un lote en San Agustín, departamento de Cerrillos. El lote se vendió pàra realizar un loteo. El 17 de septiembre de 2019 se celebra un nuevo acuerdo, en el que el acusado adquiere una fracción de terreno con el fin de realizar la ampliación del loteo "El Portal de San Agustín" para subdividirlo en terrenos urbanos. Se comprometía a realizar las gestiones necesarias para la posterior venta.
Realizado el análisis pertinente de la situación, surge que el acusado habría salteado y omitido algunos pasos, dirigiendo su conducta a la venta de los lotes, sin contar con poder para ello.
En la seguidilla de fraude, se ocasionó perjuicio patrimonial
Los tres hechos a imputar de manera provisoria por parte de la fiscalía serían, por un lado, la falta de precisión, prolijidad y claridad en el cumplimiento de los deberes, que denota una forma irregular de actuar, lo que constituiría quebrantamiento de la fidelidad y, en cuanto a su modalidad, existe una seria evidencia de defraudación por abuso.
Por otro lado, el perjuicio patrimonial que se alcanza con el engaño y los gastos que debe afrontar una de las damnificadas, al no contar con todos los servicios; en tanto, y otra damnificada, la cual compró un terreno que resultó ser de otra persona.
Por último, la posesión conferida al acusado y su oposición a devolver la misma, valiéndose de la violencia y el abuso de confianza, además de publicaciones en una red social en los que se ofrecen los terrenos. Todo ello, entiende la fiscalía, encuadra dentro del tipo penal de usurpación.
Con los elementos colectados, el fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, entiende que éstos constituyen elementos suficientes para ampliar la imputación provisional por la comisión de estafa (seis hechos), todo ello en concurso real.
La investigación continúa y es de esperar que haya otros damnificados, atento a que la necesidad de tener un terreno propio lleva a muchas familias a acordar este tipo de transacciones sin la debida atencion en cuanto a la documentación.
Las autoridades judiciales advierten sobre el aumento de las ventas fraudulentas de terrenos, como sucedió en estos casos ante personas desprevenidas.