Es por ello que piden que se haga de nuevo el estudio de impacto ambiental y se concesione el servicio.
Desde el municipio aseguraron que se dio cumplimiento al proceso de audiencia pública para la instalación de un crematorio privado que busca beneficiar a los afiliados de la empresa.
En tanto, un vecino espontáneamente se presentó y alegó que vive a 600 metros del predio del crematorio.
Con la participación de diez oradores, ocho del Grupo Pieve, una de la Secretaría de Desarrollo Organizacional del Ministerio de Salud Pública, y de un concejal se llevó adelante la audiencia en el Centro Cívico Municipal. Sin estar en la nómina de participantes, un vecino tomó la palabra y manifestó que reside cerca del predio elegido por Pieve, contradiciendo a la empresa en que el primer cordón social se encuentra a 1600 metros.
Nicolás Kripper, coordinador de Ambiente del municipio, señaló que Pieve inició el expediente hace más de un año “y que recorrió las instancias propias de emisión del CAAM (Certificado de Aptitud Ambiental Municipal), que fue categorizado según la ordenanza vigente que considera de alto impacto ambiental (las cremaciones) y otra ordenanza que dice que los servicios de cementerio y cremación se consideran servicios públicos".
El funcionario remarcó que el municipio hizo hincapié en reducción del impacto ambiental y sonoro y en la gestión de residuos. "Hablamos de residuos orgánicos, inorgánicos y de obras. Se ha presentado una planificación de retiro de restos de obras y de mantenimiento de filtros de los hornos crematorios. Todas las dudas han sido respondidas", aseguró.
En tanto, José Gauffín, concejal de Juntos por el Cambio, marcó que la cremación es un servicio público municipal que puede ser prestado por la Municipalidad o a través de concesiones. "Un privado no puede dar el servicio por sí mismo, debe estar autorizado por la Municipalidad de acuerdo a las condiciones y requisitos que marque el Concejo Deliberante", aclaró.
Calificó de irregular el estudio de impacto ambiental que presentó la empresa, ya que no cumple lo establecido en la ordenanza 12.745. "Se aprobó el estudio de impacto ambiental sin que haya audiencia pública, que es un requisito obligatorio para una actividad que es de alto impacto ambiental. En el expediente no consta la categorización de alto impacto. Tampoco el certificado de uso de suelo. Se aprobó un CAAM cuando no está aprobado el estudio de impacto ambiental", graficó.
Al respecto Kripper señaló que: "Se han cumplido todos los pasos. Hay errores propios de una interpretación legal absurda porque las leyes hay que entenderlas como un plexo normativo y no artículo por artículo. Si hay una ordenanza que hace referencia a que los servicios públicos de cremación son de alto impacto ambiental, ya está categorizada”.