Nota relacionada: Sáenz reglamentó la Ley de Salud Intercultural para pueblos originarios
Según lo publicado en el Boletín Oficial, la ley se reglamentó con la conformación de la Red que crea la ley con un representante (titular y suplente) de los ministerios de Salud, Economía, Gobierno y Desarrollo Social.
También se prevé la incorporación de representantes del IPPIS y del Foro de Intendentes.
Las organizaciones territoriales indígenas, ONGs, Asociaciones Civiles, Fundaciones y cualquier otro organismo público o privado relacionado con la temática de los pueblos originarios, podrán formar parte de las mesas especiales de escucha, consulta y trabajo para resolución y tratamiento de problemáticas específicas que merezcan la intervención de la Red.
En cuanto a los facilitadores bilingües, se prevé que se encuentren principalmente en los hospitales cabeceras de sus áreas operativas donde existan comunidades originarias y en los hospitales de mayor complejidad que reciban derivaciones de pacientes.
Fue en ese marco que el ministro Federico Mangione se reunió con los vocales del IPPIS para avanzar en la creación de esta Red.
Durante la reunión, el titular de la cartera sanitaria destacó la permanente participación y consulta al IPPIS, como órgano representativo de las comunidades indígenas de la provincia, tanto en la reglamentación como en la implementación de la ley.
Por su parte, el vocal del pueblo Wichi en el IPPIS, José Rodríguez, explicó que, en este encuentro “dimos nuestros aportes para que el sistema sanitario sea inclusivo, funcione cada vez mejor y que mis hermanos reciban la atención que corresponde. En esta red tenemos mesas constantes, donde podemos presentar y sugerir nuestros conocimientos para que sean incluidos”.
También, Rodríguez manifestó que “celebramos la implementación de esta ley, porque los pueblos originarios siempre esperamos que el sistema político tenga en cuenta nuestras cosmovisiones, cultura y lengua. Vemos todo el empeño que el ministro Mangione pone para que el sistema de salud funcione y para que la comunidad tenga mejor atención, considerando la barrera idiomática y la parte afectiva”.
Asimismo, estipula el funcionamiento de mesas especiales de trabajo y consulta, con actores involucrados en la temática, destinadas a enriquecer el tratamiento y resolución de temas específicos que merezcan la intervención de la red.
La normativa legal prevé que, cuando un paciente originario deba ser trasladado para su asistencia, sea con internación a tratamiento ambulatorio prolongado o continuo, a un servicio sanitario de una localidad diferente a la de su residencia, se le garantizará a él y a su acompañante habitación en albergues de tránsito cercanos al centro de atención sanitaria.
Estos espacios deben contar con capacidad suficiente, respetando las características culturales, y deberán incluir servicio de comunicación, alimentación y mantenimiento.