MUJER IMPUTADA

Organizó una fiesta en la cuarentena y ahora realizará tareas en un comedor comunitario

Una mujer, que organizó una fiesta durante el Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio (DISPO) dictado por el coronavirus, fue condenada a través de la suspensión de juicio a prueba.

Una de las fiestas clandestinas en la pandemia.
Una de las fiestas clandestinas en la pandemia.

Una mujer que fue imputada en 2.021 por realizar una fiesta cuando se encontraban prohibidas por el Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio (DISPO), aceptó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba y ahora realizará tareas comunitarias en un Centro de Salud.

La probation o suspensión del juicio penal se puede solicitar en los casos en los que las penas sean menores a tres años a cambio de la reparación del daño causado y la realización de tareas comunitarias.

El fiscal Penal Pablo Paz, a cargo de la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON), representó al Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado de Garantías 3, donde se hizo lugar al pedido de Probation.

En 2.021, vecinos de Villa El Sol denunciaron ruidos molestos en una vivienda. Al llegar al domicilio, los oficiales de la Policía de Salta detectaron que se estaba desarrollando una fiesta con 30 asistentes, lo que contravenía el artículo 10 de la ley 8.206/2.020 que establecía que: “Será sancionado con multa de treinta (30) a cien (100) días el que organice y promueva la realización de una reunión social o familiar estando prohibidas o cuando estando permitidas se realice en transgresión a las restricciones previstas por la normativa vigente. Las sanciones previstas en el presente serán elevadas al triple cuando la reunión social o familiar tenga directa o indirectamente propósito de lucro, o se realice en locales comerciales, bailables o de acceso público”

El secretario letrado de UFICON, Hernán Blanquez, requirió que se labraran actas contravencionales a los asistentes. Tal como lo establece el artículo 173 del CP, previo a elevar al Juzgado de Garantías el pedido de juicio, la UFICON realizó una audiencia con la imputada, quien ofreció una suspensión de juicio a prueba.

La mujer se comprometió a distintas medidas, entre las que se encuentra la de realizar tareas en el comedor comunitario de Villa María Esther, durante cuatro meses.

El artículo 177 del Código Contravencional de la Provincia de Salta establece que el imputado de una contravención, que no registre condena contravencional en el año anterior al hecho, puede acordar con el Ministerio Público Fiscal la suspensión del proceso a prueba sin que ello implique admitir su responsabilidad.

Después de cinco denuncias lo condenan por violencia de género

La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, condenó en juicio abreviado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional a un hombre que había sido denunciado en cinco oportunidades.

El hombre había cometido los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por el género, desobediencia judicial (cuatro hechos), y amenazas con arma; amenazas (tres hechos), desobediencia judicial, amenazas, agresión con arma impropia daños y atentado a la autoridad en concurso real.

Durante los tres años que dure la condena tendrá la obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además tendrá prohibido acercarse a menos de doscientos metros a las denunciantes o ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra o de su grupo familiar. Deberá realizar tratamiento de psicoterapia individual orientada a promover reconocimiento de emociones y propiciar control de sus impulsos agresivos, y otro tratamiento para el consumo de bebidas alcohólicas. No podrá consumir estupefacientes ni bebidas alcohólicas.

Finalmente deberá ser incluido en el Programa de intervención con agresores de violencia de género dependiente del Ministerio Público Fiscal, previo diagnóstico para su admisión. En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería efectiva.

Además se ordenó su inscripción en el Banco de Datos Genéticos correspondiente.

Durante la audiencia de juicio abreviado, la jueza escuchó a la denunciante que contó luego de haber realizado las denuncias no tuvo más episodios de violencia. Explicó que actualmente vive con el acusado donde tiene un taller de carpintería, y que están bien así. Informó además que por la prohibición de acercamiento ella se iría a vivir a la casa de una hermana.

Por su parte, el acusado reconoció haber cometido los hechos denunciados, agregó que tuvo problemas con celos y vinieron problemas con ella y con su familia. Señaló que entiende que no es justificativo, que él tiene un problema de base.

 

 

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