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El diputado provincial del PRO realizó la presentación oficial el viernes a la mañana, concretanfo uno de los reclamos que llevó a cabo en el recinto de la Cámara de Diputados luego de conocerse la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Luciano Martini, uno de los jueces señalados.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la condena a prisión perpetua dictada por los jueces Luciano Martini y Rubén Arias Nallar, de la Sala III del Tribunal de Impugnación de Salta, contra Santos Clemente Vera, quien fue juzgado por el crimen de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Mounmi, cometido en 2011, y ordenó que se rehaga el juicio tras constatar que se violaron las garantías del debido proceso y de la defensa.
El caso releva por ser uno de los más polémicos de la justicia salteña y cuyo falló de la Corte dejó en evidencia una serie de vicios que caracterizaron la causa.
“Es importante que haya una revisión de la actuación de la justicia salteña, porque sus acciones llevaron a que una persona esté 11 años de prisión por un error procesal”, sentenció.
El caso
Por el crimén de las turistas francesas, en 2014, la Sala II del Tribunal de Juicio condenó a Gustavo Lasi a 30 años de prisión como autor de los delitos de "doble homicidio calificado criminis causa, abuso sexual agravado y robo calificado".
En ese mismo proceso, Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval, recibieron la pena de dos años de prisión en suspenso por encubrimiento.
En esa sentencia, los jueces Ángel Longarte y Bernardo Ruiz absolvieron por el beneficio de la duda a Vera y Daniel Vilte Laxi.
La decisión fue recurrida ante la Sala III del Tribunal de Impugnación por el fiscal Sergio Federico Obeid y por uno de los querellantes de la causa. En ámbos casos se pidió la revocación y nulidad de la absolución de Vera y en el primero se solicitó un nuevo juicio, mientrás que en el segundo caso se solicitó una condena.
Martini y Nallar, revocaron el fallo de 1ra instancia de Vera y lo condenaron a prisión perpetua, argumentando "se habían valorado indebidamente diversas pruebas".
La defensa de Vera recurrió la decisión ante la Corte de Justicia de Salta, afirmando que el Tribunal de Impugnación no tenia competencia para dictar una condena y que se debía devolver el expediente al tribunal oral para que hiciera un nuevo juicio, en caso se anulará la absolución.
La Corte de Justicia dejó firme la condena, por lo que la defensa de Vera encabezada por Manuel Garrido, recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, última instancia del fuero judicial del país.
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