TIENE 73 AÑOS

Condenan a pagar 100 consultas de psicoterapia a almacenero que abusó de una menor

Un sujeto de 73 años fue condenado a dos años de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple en perjuicio de una menor de edad.

El local donde ocurrió el hecho fue escrachado por los vecinos. (Foto QPS).
El local donde ocurrió el hecho fue escrachado por los vecinos. (Foto QPS).

El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, ordenó que el acusado permanezca en libertad por la modalidad de la pena dictada.

El juez hizo lugar parcialmente a la demanda civil interpuesta por la denunciante en representación de su hija menor y, en consecuencia, condenó al imputado al pago de una suma equivalente a 100 consultas de psicoterapia individual según VAR determinado por el Colegio de Psicólogos de Salta, en concepto de reparación integral. Ello, más los intereses contados desde la fecha del hecho hasta el momento de su efectivo pago.

El juez ordenó finalmente que, una vez firme la sentencia, se le realice examen genético al condenado para su posterior inscripción en los bancos de datos que correspondan.

La denuncia fue radicada por la madre de la menor damnificada. Refirió que el 2 de junio de 2022, alrededor de las 19, mandó a su hija de 7 años a comprar en el almacén del imputado. Como se demoraba, fue a buscarla y vio al acusado dentro del local con la niña. Le llamó la atención porque siempre atendía a través de la reja. Entonces le preguntó a la menor qué había pasado y ella le contó que el sujeto la había hecho entrar al negocio y que adentro la había besado y le había tocado sus partes íntimas.

Un cuñado abusador resultó condenado

Un sujeto de 42 años fue condenado a dos años y cuatro meses de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (reiterado).

El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, ordenó que el imputado continúe en libertad por la modalidad de cumplimiento de la pena.

En el mismo fallo, el sujeto fue absuelto del delito de coacción en virtud de lo normado por los artículos 482, 484 y 486 y concordantes del Código Procesal Penal. Finalmente, el juez dispuso que se le practique examen genético al condenado para su inscripción en los bancos de datos genéticos que correspondan.

Desde los 6 años

El condenado fue denunciado por su cuñada. La víctima refirió que el imputado es pareja de su hermana mayor. Contó que hace 14 años, cuando ella tenía aproximadamente 6 años de edad, él comenzó a someterla a tocamientos impúdicos. Indicó que convivían en un mismo domicilio y que ella se quedaba sola con el acusado porque el resto de los familiares salían a trabajar. Entonces él aprovechaba para tocarla en sus partes íntimas.

A veces ella se escapaba, se encerraba en el baño o se escondía debajo de una tráfic que tenían para evitar que él la agrediera sexualmente. Otras veces se iba a la calle y se quedaba ahí hasta que llegaba algún familiar.

 

 

 

 

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