RIGE DESDE ENERO

AFIP actualizó el tope de los monotributistas en un 33,58% para una recategorización

El Gobierno informó las nuevas escalas para el Monotributo a partir de 2023, cuya tabla comenzará a regir a partir de enero, y en base a ésta se realizará la próxima recategorización entre el 1° y el 20 de enero.

El gobierno a través de la AFIP lleva adelante una actualización del 33,58% como techo en las diferentes categorías.
El gobierno a través de la AFIP lleva adelante una actualización del 33,58% como techo en las diferentes categorías.

La actualización implica un aumento del 33,58% en el techo de cada una de las categorías y de los ingresos máximos para acceder y mantenerse en el régimen.

El índice no se actualizaba desde julio 2022 y, en general, se mantuvo por debajo de la inflación anual.

Por su parte, los valores a aportar mes a mes subirán entre un 72,48% y un 102,14% dependiendo de la categoría a la que se pertenece y las obligaciones a cumplir. Cabe resaltar que estos montos no se actualizaban desde hace un año.

Tiempo hasta el 20 de enero

Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 20 de enero para hacer frente a la primera cuota mensual de 2023.

Desde el 1 de ese mes comienzan a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

"La actualización en los valores en los ingresos brutos tiene un carácter progresivo, ya que las categorías de menores ingresos podrán facturar un 100% más en relación a un año atrás, un incremento que se encuentra por encima de lo que variaron los precios en el mismo período.

Además, se mantiene la bonificación del componente impositivo para los monotributistas A y B", destacó el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto.

Alivio fiscal y exenciones

La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció una exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia, ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.

Para el resto de los monotributistas, el pago del componente impositivo debe realizarse de forma habitual, el 20 de este mes.

La nueva escala que rige desde Nuevo Año

A partir de enero 2023, los nuevos topes anuales de cada una de las categorías en base a los ingresos brutos serán:

Categoría A: de los $748.382 actuales a $999.657 anuales o $83.305 por mes. 

Categoría B: de los $1.112.459 actuales a $1.485.976 anuales o $123.831 por mes.

Categoría C: de los $1.557.443 actuales a $2.080.367 anuales o $173.363 por mes.

Categoría D: de los $1.934.273,04 actuales a $2.583.720 anuales o $215.310 por mes.

Categoría E: de los $2.277.684 actuales a $3.042.435 anuales o $253.536 por mes.

Categoría F: de los $2.847.105 actuales a $3.803.043 anuales o $316.920 por mes.

Categoría G:  de los $3.416.526 actuales a $4.563.652 anuales o $380.304 por mes.

Categoría H: de los $4.229.985 actuales a $5.650.236 anuales o $470.853 por mes.

Categoría I: de los $4.734.330 actuales a $6.323.918 anuales o $526.993 por mes

Categoría J: de los $5.425.770 actuales a $7.247.514 anuales o $603.959 por mes.

Categoría K: de los $6.019.594 actuales a $8.040.721 anuales o $670.060 por mes.

 

 

 

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