Hay 228 viviendas en El Huaico y 104 en Tartagal.
Los interesados deben completar los datos en https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos#inscripcion
De las 228 viviendas familiares de El Huaico, que tienen entre 40 y 81 metros cuadrado, ocho son aptas para personas con discapacidad. Serán construidas por Vicente Moncho Construcciones S.R.L., Discon S.R.L.
Estarán ubicadas entre las rutas 9 y 28, entre las avenidas Democracia y Lucrecia Barquet, en inmediaciones de la Escuela Provincial de Bellas Artes "Tomás Cabrera".
En Tartagal
El desarrollo urbanístico se encuentra ubicado en la localidad de Tartagal, en la provincia de Salta, con acceso desde la Ruta 34 Tartagal-Bolivia. De las 104 viviendas, tres estarán adaptadas para personas con discapacidad. Tendrán una superficie de entre 70 y 91 metros cuadrados. La construcción estará a cargo de Capello S.A.
Cuenta con casas unifamiliares de 2 y 3 dormitorios, con terminaciones de obra de gran calidad. Este proyecto de vivienda tiene excelentes vías de acceso, cercanía a diferentes centros educativos, recreativos y de salud, y una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes.
Requisitos
Para acceder al crédito Procrear el postulante no debe haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el “Proceso de Inscripción”
Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
Acreditar el estado civil declarado en el Formulario de Inscripción, excepto el estado civil soltero.
Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente -tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente- entre 2 SMVyM y 8 SMVyM, entre otros.