DEBERÁN PONER UN CARTEL CON LA MEDIDA

Prohíben a Rapipago o Pagofacil cobrar "extras" por pago de servicio

Defensa del Consumidor prohibió a las entidades extra bancarias como rapipago o pagofacil, el cobro de plus por el pago de servicio, y al respecto deberán colocar un cartel informando la medida.

Defensa del Consumidor prohibió el cobro de plus por el pago de las boletas de servicios públicos.
Defensa del Consumidor prohibió el cobro de plus por el pago de las boletas de servicios públicos.

Mediante Resolución N°4575 la secretaría de Defensa del Consumidor de la Provincia, prohibió en toda la provincia de Salta, el cobro de plus a consumidores en entidades extra bancarias por servicios de cobranza (Rapipago, Cobro Express, etc) y las mismas estarán obligadas a informar la medida mediante cartelería.

Esta acción es considerada práctica abusiva según el  art. 8 bis de la ley N°24.240.

Asimismo, se obliga a dichas empresas mediante la resolución provincial a exhibir un cartel informando dicha prohibición en la línea de caja y en el ingreso del local, además en la carcelería se informa  la precaución de guardar el ticket  y el sitio donde formalizar la denuncia www.salta.gob.ar/defensadelconsumidor

Las entidades extra bancarias deberán  imprimir el cartel de la página oficial de Defensa del Consumidor www.consumisdorsalta.gob.ar ya que la Secretaría realizará los controles pertinentes para corroborar su correcta exhibición, como así también, lo que respecta del cobro de plus, según informó la titular del organismo, María Pía Saravia y agregó que “de detectarse estas conductas se le podrían aplicar multas que alcanzan hasta los 5 millones de pesos”.

La medida fue tomada debido a la persistencia de dichas empresas de continuar con esta práctica abusiva a pesar de las actas de infracción labradas y de las denuncias realizadas por los consumidores. Cabe destacar que en otras provincias se observó la misma conducta por parte de dichas empresas

 

La imagen puede contener: texto que dice "ATENCIÓN CONSUMIDORES "NO DEBERÁN PAGAR PLUS, CARGO O SUMA DE DINERO ADICIONAL POR EL SERVICIO DE COBRANZA" Ley Nacional 24.240 Defensa del Consumidor Resolución N°4575 SEDECON Conserve su TICKET y DENUNCIE en www.salta.govar/defensadelconsumidor നീ DEFENSA del CONSUMIDOR ****************** Ministerio ebierno, Derechos Gobierno de Salta"

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