El cuerpo legislativo acompañó en la votación en general y particular el dictamen de la comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, por el cual se aprueba el texto con media sanción que provenía en revisión desde la Cámara de Diputados.
De este modo la Ley Nº 7.857 de Emergencia Pública en materia social por violencia de género tendrá vigencia hasta el 2020.
El titular de la comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indigenas, senador Walter Cruz (Iruya-PJ) fue quien formuló la fundamentación para que el Senado apruebe en definitiva la ley.
“Hemos analizado en comisión en detalles la media sanción que provino desde Diputados y se aconseja su aprobación en definitiva”, manifestó Cruz.
Señaló que “quienes conocemos la realidad social que atraviesa la provincia en la materia que trata la ley cuya prórroga se solicita, sostenemos que no podemos privar al Poder Ejecutivo Provincial de esta herramienta legislativa que permite la implementación de politicas públicas tendientes a la erradicación de la violencia de género.
Procurando un cambio estructural sobre aquellos mecanismos sociales de naturalización de la violencia que resultan profundamente discriminadores en el rol de las mujeres, niñas y adolescentes”.
“El pedido de prórroga lo es en nuestro caso para procurar la implementación de estrategias destinadas a empoderar a las mujeres en el afán de lograr una vida libre de violencia y de discriminación de ningún tipo, al tiempo que prevenir y erradicar todo tipo y modalidad de violencia de género” agregó.
Afirmó luego que “aparece como lógica la solicitud del ministerio de Derechos Humanos y Justicia de la prórroga que tratamos y que cuenta con media sanción de Diputados y por lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares para aprobar esta ley”.
La ley Nº 7857 fue sancionada en el 2014 a instancias del gobernador Juan Manuel Urtubey y tuvo en 2016 su primera prórroga por otros dos años. Ahora se extendrá hasta 2010.
Se indicó que son cuatro los pilares fundamentales que impulsan la promoción de una comunidad con cultura pacífica y libre de violencia de género; el fortalecimiento en la aplicación de la Ley Nº 26485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres”; la implementación de políticas públicas orientadas a enfrentar el problema de la violencia de género; y la elaboración de un plan provincial de acción para la prevención, abordaje y erradicación de la violencia machista.
Otras leyes sancionadas
Los senadores, además, sancionaron otras dos leyes en definitiva por lo que pasarán al Ejecutivo Provincial para su promulgación.
En el primer caso se trata de la radicación de la oficina de atención para la tercera edad. Tuvo el dictamen de la comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
La nueva ley modifica el artículo 1º de la Ley 6911, referente a declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble Matrícula Nº 329, sección A, Manzana 9, Parcela 8, del municipio Campo Santo, destinado a la radicación de la oficina de atención a personas de la tercera edad.
Además, establece que el Poder Ejecutivo podrá otorgar la administración del inmueble, al Centro de Jubilados y Pensionados “Virgen del Valle” de esa comuna del valle de Siancas.
La otra ley sancionada por la Cámara Alta, corresponde a la Carta Orgánica del municipio de Profesor Salvador Mazza, que provenía de Diputados en revisión, al no realizarle el Senado modificaciones, pasa al Ejecutivo Provincial para su promulgación.