En ese contexto se inició una investigación penal que se lleva adelante por el robo de caños del Gasoducto NEA. Al respecto, cabe señalar que ayer tarde la fiscalía amplió el objeto de la investigación en contra del ex intendente de Aguaray, Jorge Enrique Prado, el ex secretario de Hacienda de ese municipio, Fredy Céspedes, y el empresario mendocino Diego Alos. En ese planteo, el fiscal fue contundente respecto a las pruebas reunidas en contra de los acusados, entre las cuales destacó la declaración de un imputado colaborador, informes de pericias y otras testimoniales.
La fiscalía, en vista de estas nuevas pruebas presentadas, ratificó la acusación en contra de Prado, Céspedes y Alos por los delitos de robo agravado, fraude a la administración pública y falsificación de instrumento privado. Asimismo, señaló que aún resta la realización de otras medidas probatorias, razón por la cual solicitó la prisión preventiva de Prado a fin de evitar que el acusado entorpezca las pruebas pendientes. A ello, Villalba sumó el hecho de que existen muchas probabilidades de que, llegado al fin del proceso, Prado reciba una pena de prisión efectiva, siendo ésta otra causal que llevó al juez a disponer la detención de Prado.
En tanto, el juez de Garantías 1 de Tartagal, Nelso Aramayo, decidió no hacer lugar al pedido de detención presentado por el fiscal Penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, en el marco de la causa que se sigue contra Prado, acusado por el delito de malversación de caudales públicos e incumplimiento a los deberes de funcionario público.
Entre otras cosas, el juez dijo que resulta contradictorio lo expuesto por el fiscal al ratificar el pedido de captura y detención de Prado, al compartir parcialmente las medidas de sustitución solicitadas por la defensa. Hace referencia, además, que el fiscal indicó que una vez detenido el acusado, comparte la aplicación del arresto domiciliario.
Ante ello, el juez consideró que, al compartir la posibilidad de aplicar una medida menos gravosa que la detención, “denota una actitud caprichosa fiscal con el objeto de su detención”. Agregó que la fiscalía no expuso los fundamentos por las cuales le impide llevar a cabo la ampliación de la imputación por citación, ya que no se observa que al imputado se le hayan impuesto medidas de restricción.