En diciembre del año pasado, María Victoria Montoya Quiroga, Ángel Amadeo Longarte y Bernardo Ruiz, jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenaron a Cruz por el femicidio de su pareja, Cyntia Carolina Saracho, ocurrido el 21 de enero de 2017 en barrio Pablo Saravia de esta ciudad. Ese día, la víctima ingresó al hospital con quemaduras de tipo A y B en el 73% del cuerpo. Quedó internada en terapia intensiva y falleció poco después.
Los jueces de alzada dijeron que no se puede apartar el agravamiento por ensañamiento impuesto en la condena de Cruz, ya que él "tuvo conocimiento y voluntad de asir la botella de alcohol etílico, desenroscar su tapa y volcarla sobre la humanidad de la víctima para luego prenderle fuego…".
Agregaron que el accionar del imputado fue consciente y que sabía el peligro que conllevaba, ya que la experiencia común indica que el fuego, en presencia del alcohol, produce quemaduras que causan un dolor extremo. Ello, sumado a los gritos de agonía que se escuchaban en la comunicación con el Sistema de Emergencias 911, indica, a decir de los jueces, que Saracho fue expuesta a sufrir una exagerada crueldad por parte de su pareja.
En relación al planteo de la defensa que aludía a un estado de emoción violenta por despertarse por un vaso de agua que le arrojó la víctima en la cara, dijeron los jueces que "de encontrarse latente el supuesto arrebato emocional de Cruz, este hubiera reaccionado de la manera que lo hizo pero de modo inmediato".
Destacaron que, según el relato de los hechos detallado por el propio imputado en su indagatoria, luego de despertarse, fue a la cocina, regresó a la habitación, agarró la botella, prendió un cigarrillo en la cocina, entró al baño, bebió media botella de alcohol, y recién ahí comenzó la discusión con la víctima.
Ello indica que tuvo mucho tiempo para reflexionar e incluso la posibilidad de retirarse del domicilio para no actuar como lo hizo.
A prisión por abusar de su sobrina
La Sala IV del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a un hombre de 44 a la pena de un año de prisión efectiva por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple.
La jueza declaró al condenado reincidente, por tercera vez, y ordenó su inmediato traslado a la Unidad Carcelaria 1, donde quedará alojado.
El condenado es tío de la menor damnificada, que al momento de los hechos tenía 12 años de edad. La denuncia fue presentada por la hermana del imputado y madre de la niña. Se ordenó sea examinado por un profesional del Servicio Médico del Poder Judicial a fin de que se obtengan señas particulares, y que se le extraiga material genético en el Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato de Identificación Genética (DUIG).