JUAN EMILIO AMERI

Condenaron al ex diputado que besó los senos de una mujer durante la sesión virtual

El ex diputado nacional que representaba a Salta en el año 2020, Juan Emilio Ameri, fue condenado a un mes de prisión en suspenso por el delito de perturbación al ejercicio de funciones públicas.

El juicio fue oral y el fiscal había pedido cuatro meses. Foto TN web.
El juicio fue oral y el fiscal había pedido cuatro meses. Foto TN web.

La sentencia, dictada por el juez Federal Ariel Lijo, se conoció ayer tras el juicio oral, el fiscal federal Eduardo Taiano había solicitado la pena de cuatro meses de prisión.

Ameri, quien no vive en Salta, por estos años, durante una sesión de la cámara de Diputados de la Nación realizada en momentos en los que el país estaba en cuarentena por el COVID, tuvo una escena fuera de lugar con una mujer, que no era la madre de sus hijos, a quien le besó uno de sus senos en plena sesión.

Ese 24 de septiembre de 2020 el diputado Carlos Heller, que hacía uso de la palabra, se refería al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema jubilatorio y la refinanciación de las deudas de la provincia con la ANSeS, y fue cuando el video que quedó grabado y recorrió el mundo lo tomó a Ameri en esa situación íntima.

Cuando se iniciaron las etapas previas al juicio, Ameri, en su acto de imputación, pidió disculpas, señalando que ese tema le trajo una serie de situación que cambiaron su vida, ya que afectó a su familia, a su salud, y a su posibilidad de avanzar como legislador. “Renuncié a la banca, y me vine a vivir a Zárate, de donde soy oriundo”.

La sentencia que se conoció ayer, deja en suspenso la prisión. Actualmente Ameri, según él señaló en algunos medios nacionales, hace algún tiempo atrás, vende equipos de camping para subsistir, viviendo en un departamento en la provincia de Buenos Aires.

En el fallo, el magistrado señala que “se trata de un delito de resultado, pues se requiere que la actividad del cuerpo legislativo se haya resentido y turbado de una manera efectiva a causa de esa perturbación. Al ser un delito de resultado, su perfeccionamiento se da en el momento que se obstaculiza el normal ejercicio del órgano”, finalizó Ariel Lijo.

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