La Resolución N° 28/2017 de la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral es una herramienta eficaz para evitar la doble o múltiple imposición de impuestos locales sobre los ingresos brutos cuando un contribuyente ejerce actividades gravadas en más de una jurisdicción dentro del territorio nacional, a través de un proceso único, inescindible y económicamente inseparable.
El Poder Ejecutivo Provincial elevó a la Legislatura esa iniciativa legislativa por la que se introducen modificaciones a las disposiciones del citado convenio, aprobado por Ley Nº 5218 de la provincia de Salta.
Para que dicho convenio multilateral se ponga en marcha resta que algunas jurisdicciones provinciales lo aprueben por ley, como es el caso de Salta aún pendiente.
Los cambios a introducir fijados en la Resolución 28/17, consisten en modificar los artículos 17 inciso d), 19, 20, 24 inciso h) punto 2 y 26. Artículo 2.º
Desde su celebración, en 1977 a la fecha, la Nación Argentina ha experimentado importantes transformaciones en sus instituciones políticas y de naturaleza federal.
En tal sentido, por medio de la Ley nacional 23.775 se declaró la provincialización del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y a partir de la reforma de la Constitución nacional en el año 1994 se estableció la autonomía de la ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, se han producido avances tecnológicos que llevaron a la modernización de las comunicaciones, lo que conlleva la necesidad de efectuar modificaciones al texto del Convenio Multilateral de fecha 18 de agosto del año 1977, a fin de receptar normativamente los procesos de transformación mencionados.
En consecuencia, con fecha 9 de noviembre de 2017, la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral del 18/8/77, dictó la Resolución N.º 28/2017, resultando necesario el dictado de la presente ley.
La Cámara Baja incluyó tratar hoy dos proyectos en revisión del Senado. El primero propone establecer políticas públicas en materia de prevención social de la violencia. Y el restante para incorporar el artículo 115 en el Código Contravencional.