“TENGO MUCHO QUE DECIR”

Escudero pide que se anule el juicio en su contra en el caso las francesas

Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el caso de Santos Clemente Vera donde revoca su condena, en segunda instancia, por el asesinato de las turistas francesas en el 2.011, la defensa de Sonia Escudero solicitó al Tribunal de Juicio Sala 1 que archive la causa iniciada en su contra por el juez Luciano Martini, y sea sobreseída.

Sonia Escudero tiene fecha de juicio para el 2024. Foto: @soniaescudero
Sonia Escudero tiene fecha de juicio para el 2024. Foto: @soniaescudero

De no ser así, Escudero pide que en el juicio fijado para el 11 y 18 de marzo de 2.024 se le permita el ingreso a los medios de comunicación, se graben todas las audiencias y se cumplan con todas las garantías, "porque lo que lo que tengo para decir es mucho", dijo, y agregó: "Mis críticas no fueron a la ligera, fueron críticas sobre temas que yo estudié a fondo. Todas las pruebas que tengo apoyan todo y no hubo delito. Si no, llevaré este tema a la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

Martini accionó contra Escudero en 2.021, por supuestas calumnias, luego de que ésta realizara declaraciones en medios de comunicación en las que consideró que la condena en segunda instancia de Santos Clemente Vera era arbitraria, ya que el proceso llevado adelante incumplía con las normas procesales y garantías constitucionales del entonces condenado.

De esta forma, y tras el fallo de la CSJN en el que se revoca la condena de Santos Clemente Vera con los mismos argumentos que utilizó la ex senadora nacional en sus declaraciones públicas, es que su defensa solicitó mediante un escrito que su causa sea archivada y ella sobreseída. 

Escudero dijo a Nuevo Diario que: "Antes del fallo de la Corte, ya le habíamos presentado al juez una petición de que se declare la falta de acción porque si se leen los artículos 109 y 110 del Código Penal, claramente la letra de la ley dice que en ningún caso habrá delito de injurias ni de calumnias cuando se trate de expresiones vertidas sobre asuntos de interés público. Y yo me he referido siempre a la actuación funcional del juez y eran asuntos de alto interés público, o sea, que no hay razón para ser perseguida penalmente. Eso se lo habíamos dicho al juez en la primera contestación de la demanda, allá por el año 2.021, y se lo reiteramos ahora al juez que muy apresuradamente fijó fecha de audiencia de juicio y no consideró que aquí no hay delito". 

Remarcó que la acción presentada por Martini debió ser rechazada, porque "lo primero que se tiene que hacer es considerar si hay o no hay delito. No fue rechazada y fijaron fecha de juicio y frente a la decisión de la Corte Suprema que está en línea, digamos con mis críticas al juez, obviamente creo que la acción se quedó sin materialidad alguna, porque si la Corte dice que el juez hizo una condena sin tener jurisdicción ni competencia en clara violación de lo que dispone el Código Procesal Penal y avasalló y violó las garantías constitucionales del debido proceso legal en el juicio de Santos Clemente Vera, ¿de qué se me acusa?"

Sobre los jueces 

La causa contra Escudero pasó por varios jueces, ya que hubo recusaciones. "El contexto sociológico era muy difícil porque el primero era juez de apelación, pero, además, en ese momento el juez era hijo de una jueza de Corte que tenía y tiene una relación muy estrecha con el doctor Guillermo Catalano, que fue por largos años presidente de la Corte. Traté de esperar a que apareciera algún juez que fuera imparcial", explicó.

Finalmente, el juez Javier Araníbar no aceptó recusación y fijó fecha de juicio para el 18 y 25 de octubre. El juicio se postergó a pedido de Escudero.

"Araníbar es el juez que fijó audiencia para llegar a juicio y es el mismo juez que preside el Tribunal que tiene que juzgar a los policías y torturadores de esta causa de 2.011 de las francesas. Hay que recordar que hubo cinco personas que denunciaron haber sido torturados y amenazados por los golpes. Hay 15 policías procesados, esa causa no tienes fecha de juicio. No hay apuro para juzgar a los policías, pero sí hay apuro para juzgar a una persona que ha criticado sentencia judicial", apuntó Escudero.

Por el fallo de la Corte en el caso Santos Vera, Escudero espera que "sirva para enfrentar los problemas que tiene el poder judicial de Salta",  se empiece a debatir cuáles son las reformas institucionales que deben encarar, y que "las malas acciones tengan consecuencias".

Remarcó que: "Los policías que violan la ley cuando hacen investigación, plantando pruebas falsas para incriminar a alguien, o torturando, no pueden ser protegidos. Me da escalofríos verlos protegidos por el propio Poder Judicial. Tenemos que ver cuáles son las fallas institucionales y por qué hay jueces que están protegiendo a policías que han actuado mal, y actuar en consecuencia"

Por último afirmó que aún no tiene pensado ir por un juri contra el juez, pero que pide costas.

Detalles del caso

La Corte Suprema de la Nación anuló la sentencia de condena dictada por el Tribunal de Impugnación de Salta y ordenó un nuevo juicio oral y público, para Santos Clemente Vera, quien estaba acusado en el caso de las turistas francesas.

Vera, acusado en un proceso de instrucción irregular, fue absuelto por el tribunal de juicio en 2.014. Estando en libertad y pendiente apelaciones contra esa sentencia, el 3 de febrero de 2.016, sorpresivamente fue condenado por los jueces del tribunal de impugnación Luciano Martini y Rubén Arias Nallar. Ese mismo día fue encarcelado.

La Corte de Salta le negó los recursos de inconstitucionalidad y recurso extraordinario federal, por lo que su defensa tuvo que ocurrir en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En una columna de FM Aries, Escudero dijo que el Tribunal  "condenó a una persona inocente por un crimen que no cometió. (...) Se declaró que no se había probado su vinculación con el crimen", y que "si los jueces de Impugnación entendían que la absolución había sido dictada en forma equivocada (...), estaban obligados a devolver al tribunal de Juicio, para un nuevo juicio".

 

 

 

 

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