DENUNCIADO POR SU PAREJA

Condenan a doce años de prisión por abusar de su hijastra de 12 años

Un hecho aberrante, donde el padrastro de una niña de 12 años abusaba de ella culminó con un fallo que condenó al sujeto a la pena de 12 años de prisión efectiva.  

Doce años de prisión para el padrastro violador.
Doce años de prisión para el padrastro violador.

 

El acusado llevaba a la víctima a entregar pedidos de productos que vendía la madre. En el camino, la llevaba a moteles y otros lugares en donde abusaba de ella.

La fiscal Penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 3, Luján Sodero Calvet, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia debate en la que un hombre fue condenado a doce años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor del delito abuso sexual con acceso carnal (continuado) agravado por la guarda en concurso ideal con corrupción de menores agravada.

La intervención de la fiscalía especializada en delitos sexuales inició el 9 de junio de 2.022, cuando una mujer denunció que acababa de tomar conocimiento de que su pareja había abusado sexualmente de su hija, de 13 años.

En Circuito Cerrado de Televisión, la adolescente contó que, como no quería estudiar, acompañaba a su padrastro a realizar entregas a domicilio de productos que vendía su mamá. En esas circunstancias, el hombre la llevó a distintos lugares, incluidos moteles alojamientos, y la abusó sexualmente desde que tenía 12 años.

La víctima narró que, para ingresar a los moteles y que no se dieran cuenta de que era menor de edad, él le hacía poner el casco de seguridad.

Los informes médicos y psicológicos corroboraron lo denunciado.

El hombre cumplirá su condena en la Unidad Carcelaria 1 y se dispuso la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG) en cumplimiento a lo dispuesto en las leyes Nacional 26.879 y Provincial 7.775.

 

 

 

 

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