MEDIDAS DE MASSA

Devolución de IVA: el Gobierno oficializó la modalidad y beneficiarios

El Ministerio de Economía brindó los detalles de la resolución del programa “Compre sin IVA”, que funcionará para las operaciones que se realicen desde el próximo lunes.

Sergio Massa.
Sergio Massa.

Luego de algunos días de análisis, el Gobierno oficializó este sábado la modalidad y el alcance de beneficiarios del programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta básica, anunciado el pasado miércoles por el candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa, que comenzará a funcionar desde el próximo lunes.

El nuevo y flamante plan, denominado "Compre sin IVA", se formalizó a través de la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ambas publicadas en el Boletín Oficial desde primera hora de la mañana.

La ley impulsada por el Palacio de Hacienda encarga a la AFIP a aumentar el número de beneficiarios del régimen actual de reintegros, demarcado en la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023, como también el porcentaje de reintegro y su límite mensual.

La resolución comprenderá a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles y, además, a quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos. El tope de ingresos para disponer del beneficio en los trabajadores será de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.

También serán favorecidos con la devolución del IVA el personal de casas particulares dentro del régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

Sin embargo, no serán beneficiados con la medida los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales que no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, como así también los trabajadores autónomos.

¿Cómo funciona la devolución del IVA? El paso a paso

La devolución del IVA se realizará de manera automática y no requerirá de ningún trámite por parte del beneficiario. Cada trabajador, jubilado o monotributista tendrá derecho a una devolución de hasta $18.800 a lo largo del mes. Esta devolución se efectuará a las 48 horas de haber realizado la compra con tarjeta de débito.

El beneficio es automático y se habilita en todos los comercios, supermercados, minimercados, verdulerías, carnicerías y fruterías que vendan productos de la Canasta Básica. Además, se extiende a productos de higiene personal y del hogar. 

Es importante destacar que la devolución del IVA será acumulable con otros beneficios bancarios. Esto significa que los beneficiarios podrán sumar este alivio fiscal a otras promociones o descuentos que puedan tener con sus entidades bancarias.

Vale mencionar que todavía este beneficio no se aplica a las billeteras virtuales, pero sí se aplica si al utilizar una de estas, se abona con tarjeta de débito. 

De esta manera, no importa si es de manera física o con la app, siempre que se use una tarjeta de débito se habilitará el reintegro. Se deberá abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

La normativa, que busca mejorar el ingreso disponible y, consecuentemente, la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, se llevará a cabo hasta el 31 de diciembre próximo, sin embargo cabe aclarar que el Poder Ejecutivo elevará un proyecto de ley para reducir de forma permanente la carga tributaria que incide sobre los bienes de la canasta básica.

El ministro Massa destacó que esta medida es un esfuerzo fiscal del Estado, que busca mitigar el impacto de la inflación en el bolsillo de las familias argentinas. Se trata de una iniciativa que se financia mediante la renuncia a otros gastos del Estado y el uso de recursos extraordinarios, como la incorporación del Impuesto País en la recaudación estatal.

 

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