LA CORTE SUPREMA

Revocan la condena a perpetua para Vera por el crimen de las turistas francesas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia que condenó a Santos Clemente Vera a prisión perpetua por el homicidio de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, cuyos cuerpos fueron hallados sin vida el 29 de julio de 2.011, en la Quebrada de San Lorenzo. En su sentencia, el máximo tribunal ordenó que se dictara un nuevo fallo.

Santos Clemente Vera durante el juicio. (Foto NA)
Santos Clemente Vera durante el juicio. (Foto NA)

Santos Clemente Vera tiene desde hace tres años el patrocinio legal de Manuel Garrido, presidente de Innocence Project, una organización creada en Estados Unidos que busca la absolución de personas erróneamente condenadas alrededor de todo el mundo. También, cuenta con el apoyo nada menos que de Jean-Michel Bouvier, padre de Cassandre Bouvier, quien defiende desde hace años su inocencia.

Cassandre, de 29 años, y Houria Moumni, de 24, se habían conocido en París, durante su paso por el Instituto de Estudios Avanzados de América Latina de la Sorbona, donde desarrollaron gran interés por distintos temas políticos y sociales de la región. Así, decidieron recorrer juntas distintos países de Sudamérica, y el Caribe. Poco menos de dos semanas más tarde, un grupo de turistas chaqueños encontró sus cuerpos.

Santos Clemente Vera fue un baqueano que colaboró en la búsqueda de los cuerpos y también uno de los detenidos por el doble homicidio. La investigación también apuntó contra Gustavo Lasi.

Vera había sido absuelto por la Sala II del Tribunal de Juicio de Salta. Esa decisión fue recurrida ante la Sala III del Tribunal de Impugnación por el fiscal y por uno de los acusadores particulares. Mientras que el primero requirió la anulación de la absolución y el reenvío para un nuevo juicio, el segundo solicitó su revocación y el dictado de una condena. La Sala III revocó la absolución de Vera y lo condenó a la pena de prisión perpetua como coautor de los mencionados delitos.

Para ello sostuvo que se habían valorado indebidamente diversas pruebas, como la pericial, el alcance de lo declarado por los peritos en el debate, la credibilidad que correspondía otorgarles a los testigos de descargo de Vera, así como también las declaraciones incriminatorias del co-imputado Lasi.

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