Según se indicó desde la Secretaría, luego de tres semanas de que el cliente se presentó con el teléfono para que se cumpla la garantía, le informaron que su equipo no tenía reparación y que le autorizaban el cambio.
Pese a esta accesibilidad empresaria, el cliente se vio luego con el hecho que desde la empresa se le ofrecía un celular de menor gama. Ante ello fue que el cliente de Telecom decidió radicar la denuncia en la Secretaría de Defensa del Consumidor.
La multa fue aplicada ya que la empresa mantuvo esa postura en las audiencias de conciliación y en infracción a los artículos 11 y 12 de la ley de Defensa del Consumidor. En estas resoluciones se indica que de acuerdo a la normativa Telecom Personal incumplió con la obligación de brindar la cobertura de garantía legal al denunciante, con la consiguiente prestación de un servicio técnico adecuado.
A ello se sumó que también había actuado en contra de lo establecido por el artículo 17 que establece “en los supuestos en que la reparación efectuada no resulte satisfactoria por no reunir la cosa reparada las condiciones óptimas para cumplir con el uso al que está destinada, el consumidor puede pedir la sustitución de la cosa adquirida por otra de idénticas características”, algo que la empre