Hace 7 años fue sancionada la ley N° 26.844 del Régimen especial de contrato de trabajo para el Personal de Casas particulares, mediante la cual Argentina reconoce el trabajo realizado por casi un millón de mujeres en el país y es una de las principales ocupaciones de las mujeres.
Según un informe realizado por el Observatorio de Violencia contra la Mujer de Salta, de cada 100 mujeres que trabajan, 17 son trabajadoras de casas particulares; de cada 100 mujeres que trabajan de forma asalariada, 22 son trabajadoras de casas particulares; estas tareas están extremadamente feminizadas: entre las 877.583 personas que se dedican al servicio en casas particulares, el 96,5% son mujeres.
Además, aunque desde 2013 la ley N° 26.844 regula la actividad, todavía es uno de los sectores más precarizados de toda la economía: el 72,4% de las trabajadoras no está registrada, por lo que no reciben vacaciones pagas, aguinaldo ni cobertura de salud. Si bien el salario se encuentra regulado, perciben en el promedio casi la mitad de un salario mínimo, vital y móvil, constituyéndose en las trabajadoras más pobres de toda la economía.
En la provincia de Salta
En Salta, mientras que 17 de cada 100 mujeres ocupadas se desempeña en el sector de casas particulares. Sólo el 0,3% de los varones ocupados trabaja en esa actividad. Esta marcada segregación por género plantea interrogantes sobre la igualdad en el acceso a las diferentes actividades y a las oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral.
Las trabajadoras de casas particulares tienen derecho: A contar con una aseguradora de riesgos de trabajo, aguinaldo, vacaciones pagas, licencias por maternidad y enfermedad, jubilación, obra social, percibir salarios estipulados por el MTEySS y gozar del Día del Personal de Casas Particulares sin detrimento de su remuneración, ley nacional N° 26.844.
Asimismo, desde el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, recuerdan a quienes emplean que el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” incluyen a las trabajadoras de casas particulares. Mientras dure su vigencia no deben concurrir a trabajar teniendo el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales.
De esta manera, para denuncias, consulta, registro y orientación, el lugar al que deben recurrir es la Secretaría de Trabajo y Empleo: vía mail [email protected] - calle Simón Bolivar 141. En tanto que por denuncias por incumplimiento: 0800-666-4100 o vía mail a [email protected].