DIAGNOSTICAR LA ENFERMEDAD RENAL CRÓNICA

Promulgaron dos leyes en la provincia que apuntan al cuidado de los riñones

Recientemente han sido promulgadas en la provincia de Salta dos nuevas leyes relacionadas con el cuidado de los riñones. La ley N° 8.118, que tiene por objeto diagnosticar la enfermedad renal crónica en forma temprana para lo que se establece la obligatoriedad de realizar estudios complementarios en el sector público y privado a los pacientes con factores de riesgo a los efectos de desacelerar su progresión y daño.

Isabel De Vita, autora del proyecto.
Isabel De Vita, autora del proyecto.

Es la primera en el país que contempla la notificación obligatoria. Por esta ley el Ministerio de Salud debe garantizar la capacitación de los profesionales médicos del primer nivel de atención para la pesquisa y la derivación oportuna al especialista nefrólogo de acuerdo a las guías de práctica clínica, basadas en la evidencia científica disponibles, como así también en la notificación obligatoria e individual de la Enfermedad Renal Crónica (ERC).

La diputada Isabel De Vita, autora del proyecto, explicó que el mismo trata sobre enfermedades crónicas renales que afectan la calidad de vida de las personas, y que estipula que a partir de los 18 años se debe hacer una notificación obligatoria de quienes sufran estas patologías, lo que va a permitir un mejor tratamiento; realizando los estudios complementarios a los efectos de desacelerar su progresión y daño.

Isabel De Vita expresó que tiene gran importancia la educación para la salud mediante la implementación de acciones de promoción y prevención de factores de riesgo, asociados a la aparición de la ERC, tales como el tabaquismo, sedentarismo, hábitos alimentarios inadecuados, entre otros, modificables por estilos de vida saludables; como así también en la notificación obligatoria e individual.

En tanto, la ley N° 8.205 tiene por objeto promover la reducción de consumo de sodio en la población estableciendo la obligatoriedad de la industria alimentaria de elaborar sus productos con valores máximos de sodio establecidos en la ley para proteger la salud cardiovascular y renal de los ciudadanos.

La gastronomía también debe ofrecer preparaciones alimenticias con bajo contenido en sodio.

La legisladora señala que es necesario aunar esfuerzos con el objetivo de reducir los factores de riesgo de las enfermedades referidas y en lo concerniente a alimentación inadecuada resulta prioritario reducir el consumo de sodio; sea el incorporado en la elaboración de alimentos procesados como el adicionado al momento de la cocción y/o de forma previa a la ingesta de los mismos.

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