EN EL REGISTRO CIVIL Y BANCO NACIÓN

Musulmanas recurren al INADI por exigencias contra su cultura

Frente a las exigencias del Registro Civil salteño, mujeres musulmanas para obtener su documento nacional de identidad (DNI), tienen que sacarse una fotografía de la cara que las identifique, pero se negaron a sacarse su Hijab (velo que cubre su cabeza y llega muchas veces hasta la parte del pecho).

NDS |

El titular del INADI, Alvaro Ulloa, intercederá ante los obstáculos que presentan mujeres musulmanas en el Registro Civil y Banco Nación.
El titular del INADI, Alvaro Ulloa, intercederá ante los obstáculos que presentan mujeres musulmanas en el Registro Civil y Banco Nación.

Fue uno de los reclamos que mujeres musulmanas manifestaron ayer al titular del Instituto contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), Alvaro Ulloa, quien dio a conocer la situación a través de las redes sociales.

"Ashia es argentina, hija de un sirio que vino en la década del 40, vive en Salta después de haber hecho su secundario en España, ella y 20 mujeres más usan hijab por creencias islámicas, su explicación occidental es que salir sin hijab sería como salir desnudo, tuvieron problemas para sacarse la foto de DNI en el Registro Civil y también cuando van al Banco Nación", describió Ulloa en las redes.

Al ser consultado por Nuevo Diario, el titular del INADI sostuvo que Ashia le había comentado que había al menos unas 21 mujeres musulmanas que indicaron haber tenido problemas por el uso del su velo, una característica propia de su religión y creencias.

Sostuvo que empleados del Registro les indicaron que estaba "prohibido" sacarse la fotografía para el DNI con el hijab (velo). 

Sin embargo, Ulloa destacó que existe la resolución 169 de 2011 en la cual se permite que por motivos religiosos o de salud, una persona pueda acceder a taparse la cabeza. 

De hecho en esta resolución de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, se indica textualmente en el artículo 2º  "Exceptúese de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente (que dispone la obligatoriedad de tener la cabeza descubierta), y a solicitud del titular del DNI:

a): Cuando fundado en motivos de índole religioso o de tratamientos de salud, se requiera la cobertura del cabello, siempre que sean visibles los rasgos principales del rostro.

b) Cuando por motivos religiosos cubra parcial o totalmente su rostro, pudiendo solicitar que el trámite y la fotografía se obtengan en un lugar reservado y mediante agentes del mismo sexo". 

Ante ello, Ulloa sostuvo que hablará con el titular del Registro Civil, Matías Assenato a fin de conseguir una solución a la problemática que se presentó por el tema. 

También hablará con las autoridades de Seguridad dado que en su calidad de adicionales, y sobre la norma que indica que nadie puede entrar con gorra al Banco Nación, a las mujeres se les prohibió el ingreso.

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