Diputados otorgó media sanción al proyecto de ley. La norma está en relación con los profesionales e instituciones de la salud, e incorporando el reconocimiento de la “autonomía de la voluntad” de los pacientes de aceptar o rechazar determinadas terapias, procedimientos médicos o biológicos. Establece el derecho del paciente al acceso a su historia clínica, trato digno y respetuoso, confidencialidad, autonomía de la voluntad, información sanitaria y consentimiento informado.
Quien presente una enfermedad irreversible, incurable, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias, etc.