La disposición se dio por Resolución N° 23 del Comité Operativo de Emergencia de San José de Metán, en el contexto de pandemia y emergencia sanitaria, estableciendo de esta manera, nuevas medidas en resguardo de la comunidad.
En primer lugar la prohibición de ingreso de vendedores ambulantes y de personas que realicen cobranzas o actividades similares, provenientes de otras localidades, por el plazo de 14 días; especificando además que las personas que por situaciones excepcionales pretendan ingresar al municipio, con la habilitación y autorización correspondiente, y provengan de los Departamentos Orán, General San Martín, General Güemes, San Antonio de
Los Cobres y Olacapato, podrán hacerlo luego de haber cumplido el aislamiento obligatorio o cuarentena (14 días) y exhibir el certificado de análisis negativo de COVID-19.
Asimismo, establece que para el caso de incumplimiento de los Artículos 1° y 2° de la mencionada resolución, se impondrá una multa, siendo la autoridad de aplicación la Dirección de Inspección y Control.
En cuanto al funcionamiento de las salas velatorias, queda establecido que se prohíben los servicios fúnebres y solo un número reducido de familiares podrá despedir al difunto, a cajón cerrado.
Si bien a la fecha el departamento de Metán no cuenta con casos positivos de Covid-19, la población se encuentra en alerta por la conexión permanente con el vecino departamento de General Güemes, y la Ruta Nacional 9/34.